La Paz: Conoce las siete medidas de bioseguridad que debe cumplir el transporte público
Este servicio se realizará desde las 05.00 hasta las 18.00, de lunes a viernes y las salidas será según la terminación de sus placas. El lunes del 1 al 4; el martes del 5 al 8; el miércoles las terminaciones 7, 8, 9 y 0; el jueves 3, 4, 5 y 6 ; y el viernes 1, 2, 9 y 0.
Durante la cuarentena dinámica, que comienza este lunes, los conductores del transporte público paceño están en la obligación de asumir siete medidas de bioseguridad, tanto al interior de su vehículo como de protección personal. Estas disposiciones están regidas por la Ley municipal de gestión de la Movilidad en la Cuarentena por la Emergencia Sanitaria Nacional del COVID-19.
La normativa dispone que estas son las siete medidas de bioseguridad que debe cumplir el transporte público:
- La desinfección del interior del vehículo en cada parada
- La habilitación de las ventanas laterales
- El uso de los asientos que están próximos a las ventanas para un distanciamiento físico entre los pasajeros
- La señalización de los asientos que pueden ser ocupados
- La implementación de separadores entre el chofer y pasajeros
- El uso del barbijo por parte del conductor
- Evitar la presencia de adornos u otros objetos susceptibles de contaminación.
La norma también establece sanciones para los conductores que incumplan estos requisitos. Las faltas graves serán sancionadas por la Guardia Municipal de Transporte (GMT) con la retención y retiro temporal de placas.
Mientras que las faltas gravísimas serán sancionadas por la Policía Nacional con una multa de Bs 2.000 y que se aplicará en el marco Decreto Supremo 4200, que establece la emergencia Sanitaria en el ámbito nacional.
Este servicio se realizará desde las 05.00 hasta las 18.00, de lunes a viernes y las salidas será según la terminación de sus placas. El lunes del 1 al 4; el martes del 5 al 8; el miércoles las terminaciones 7, 8, 9 y 0; el jueves 3, 4, 5 y 6 ; y el viernes 1, 2, 9 y 0.