Derogación
César Sánchez
14/05/2020 - 17:10

Ante críticas por “atentar” contra la libertad de expresión, el Gobierno deroga la disposición del DS 4231

Además, el Gobierno también derogó el Parágrafo II del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 4200 y el Parágrafo II del Artículo 7 del Decreto Supremo N° 4199

Ante las críticas de organismos internacionales y nacionales, el Gobierno definió derogar la disposición adicional única del decreto Supremo 4231 que, para sus detractores, atentaba y ponía en riesgo contra la libertad de expresión en el país.

La disposición en específico, señalaba que “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o difundan información de cualquier índole, sea en forma escrita, impresa, artística y/o por cualquier otro procedimiento que pongan en riesgo o afecten a la salud pública, generando incertidumbre en la población, serán pasibles a denuncias por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal” y recibió duros cuestionamientos, entre otros, por parte de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), gremios periodísticos, entre otros.

Por eso, hoy el Gobierno definió derogar la polémica disposición para no generar “confusiones” sobre la libertad de expresión.

“A solicitud de organizaciones de DDHH y medios de comunicación, hemos derogado los artículos de decretos que creaba susceptibilidad sobre libertad de prensa. Respetamos y defendemos la libertad, así como defendemos y respetamos la democracia”, anunció el ministro de Gobierno, Arturo Murillo, a través de su cuenta de Twitter.

En esa misma línea, la Ministra de Comunicación dio a conocer que la decisión del Gobierno fue comunicada a la CIDH mediante la Misión Permanente del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Organización de Estados Americanos (OEA).

“La Misión Permanente del Estado Plurinacional de Bolivia ante la OEA comunicó a  la CIDH que el gobierno de Bolivia deroga la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N° 4231, de 7 de mayo de 2020 y anteriores disposiciones”, señaló la autoridad.

Junto a la controvertida disposición, el Gobierno también determinó derogar el Parágrafo II del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 4200, que señala que “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o desinformen o generen incertidumbre a la población, serán sujeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública”.

Asimismo, también derogó el Parágrafo II del Artículo 7 del Decreto Supremo N° 4199 que disponía que “la personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o desinformen o generen incertidumbre a la población, serán objeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública”.

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