La inaceptable expropiación de terrenos a YPFB en Arica
El 25 de julio de 2019, después de que la empresa estatal boliviana, YPFB, dejara en abandono un terreno de 3,5 hectáreas que Chile le había concedido en el centro de Arica; el Concejo Municipal de esa ciudad decidió expropiar el terreno.
El 1 de febrero de 1879, después de que la empresa anglo-chilena de Salitres y Ferrocarril de Antofagasta, se negara a pagar al fisco boliviano un gravamen de 10 centavos por quintal de salitre exportado; el gobierno de Bolivia decidió expropiar los terrenos que le había concedido a esa empresa unos años antes en el departamento del Litoral; lo que provocó la reacción violenta de Chile, que a los pocos días invadió el puerto boliviano de Antofagasta, bajo el argumento de que Bolivia estaría incumpliendo el Tratado de límites vigente.
El 25 de julio de 2019, después de que la empresa estatal boliviana, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, dejara en abandono un terreno de 3,5 hectáreas que Chile le había concedido en el centro de Arica; el Concejo Municipal de esa ciudad decidió expropiar el terreno; lo que increíblemente no provocó más reacción del gobierno boliviano que una escueta declaración del presidente de YPFB, que resta importancia a dicha expropiación, a pesar de que la medida representa igualmente una vulneración al Tratado de límites vigente.
Salvando las diferencias temporales y los poderes relativos de las partes, estas reacciones, diametralmente opuestas, son una muestra de una realidad lamentable para nuestro país, en la que cada cierto tiempo nos vemos sometidos a los abusos de nuestros vecinos justamente porque nuestras autoridades no hacen nada para impedirlo. La expropiación del terreno de referencia que había sido concedido a YPFB en 1958, es un penoso retroceso para los intereses geopolíticos de Bolivia en su proyección hacia al Pacífico, pues así se ve mermada su presencia y gravitación en Arica, que tanto esfuerzo costó conseguir en su momento.
Pero antes de rememorar cómo se hicieron esos esfuerzos durante los años 50 del siglo pasado, cabe aclarar que la presencia y gravitación de Bolivia en el norte chileno, que es natural, real y hasta ahora, siempre creciente; no debe ser entendida como algo negativo o amenazante para la integridad territorial de Chile, sino más bien como una expresión de la integración económica, física, cultural y, en este caso, energética de nuestros países que contribuye considerablemente al desarrollo de la zona y que lo seguirá haciendo, aún más, si en algún momento Bolivia logra obtener una salida propia al mar, como resultado de un proyecto de integración entre el norte chileno, el sur peruano y el suroeste boliviano.
Como es sabido, después del Tratado de 1904, que consagró el enclaustramiento geográfico boliviano, las facilidades que nuestro país obtuvo en territorio y puertos chilenos para acceder al mar se mantuvieron casi sin variantes y con muy pocos avances, a pesar de los discursos grandilocuentes de las autoridades de Santiago que han dicho varias veces que esas facilidades son las más amplias y generosas que un país sin litoral ha podido recibir. Pero nada más alejado de la verdad, las facilidades que Chile otorgó a Bolivia después de 1904, se resumen en: almacenamiento gratuito de hasta un año para las cargas de importación y de 60 días para las cargas de exportación, que no se cumple cabalmente en Antofagasta; reconocimiento de que el libre tránsito comprende todo tipo de carga sin excepción alguna, después de Chile había interrumpido el libre tránsito de material bélico por su territorio durante la Guerra del Chaco; jurisdicción exclusiva de las autoridades bolivianas sobre la carga en tránsito por territorio chileno, que no se respeta en ninguno de los puertos; y la concesión de terrenos para la instalación y operación del oleoducto Sica Sica – Arica, que ahora se redujo en 3,5 hectáreas, por determinación unilateral del Concejo Municipal de Arica.
Es decir, de lo poco que habíamos conseguido, ahora tenemos menos. Para recordar cómo se obtuvieron esos terrenos, debemos retroceder hasta 1952, cuando Víctor Paz Estenssoro llegó al poder en Bolivia y empezó a implementar una política de acercamiento a Chile que fue bien acogida por su par chileno Carlos Ibáñez del Campo. Esa aproximación permitió suscribir varios acuerdos para la reglamentación del libre tránsito y para la facilitación del comercio. Uno de ellos, la Declaración de Arica de 1953, es precisamente el acuerdo con el que Chile se comprometió a respetar la jurisdicción de las autoridades bolivianas sobre la carga en tránsito de o a Bolivia…
En ese contexto de entendimiento y cordialidad, que se reforzó con dos inéditos encuentros al más alto nivel en las ciudades de Arica y La Paz, el 31 de enero de 1955 se firmó el Tratado de Complementación Económica Boliviano – Chilena, en cuyo artículo 2, inciso g), se estableció que “de acuerdo a los Tratados vigentes sobre libre tránsito, ambos gobiernos convienen en prestar todas las facilidades necesarias para la construcción y operación, por Yacimiento Petrolíferos Fiscales Bolivianos, de un oleoducto entre Oruro y Arica, obra que permitirá el suministro de petróleo, destinado al consumo chileno y la salida de ese producto a otros mercados”.
En razón de lo cual, el 14 de octubre de 1955 se suscribió en La Paz, un Protocolo Complementario que aclaró que las facilidades a las que se refiere el Tratado y sus detalles, serán establecidas por ambos gobiernos, “mediante cambio de notas”.
Así, después de intensas negociaciones, se llegó a un acuerdo mediante el intercambio de notas que tuvo lugar en Santiago el 24 de abril de 1957, que después de especificar los detalles técnicos del oleoducto y referirse a “8 edificios para la operación y vivienda del personal”, señala: “La obra se construirá, en todo lo posible, en terrenos fiscales chilenos que se otorgarán gratuitamente a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos en concesión de uso por el tiempo que dure la explotación del oleoducto”.
De acuerdo a lo convenido, el 2 de julio de 1958, el gobierno de Chile emitió el Decreto Supremo N° 257 del Ministerio de Tierras y Colonización, mediante el cual, después de más de tres años de negociaciones, concedió a YPFB “en uso gratuito y mientras dure la explotación del oleoducto Sica Sica – Arica, el lote N°2 de 3,5 hectáreas para la instalación de un estanque receptor de lastre”.
Por todo esto, la expropiación dictaminada por el Consejo Municipal de Arica, sin la aprobación ni el conocimiento de Bolivia, que representa nada menos que una flagrante violación a los acuerdos mencionados, relacionados todos al Tratado de 1904; debería ser reclamada enérgicamente por el gobierno de Bolivia y desconocida por el de Chile.