Elecciones 2019
César Sánchez
29/10/2018 - 13:50

El Gobierno reitera que el TSE no puede inhabilitar a Evo y exige cumplir el fallo del TCP

Los Presidentes de las Cámaras de Senadores y Diputados señalaron que el Tribunal Supremo Electoral no tiene facultad para desconocer el fallo del TCP respecto a la reelección. 

El presidente Morales es el candidato presidencial del MAS.

El presidente de la Cámara de Senadores, Milton barón, reiteró este lunes que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no tiene la facultad para inhabilitar al presidente Evo Morales como candidato presidencial y aseguró que como Órgano Electoral debe respetar y acatar el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que avaló la figura de la reelección indefinida en el país.

“Es un fallo que debe ser acatado por todos, en esa medida el Órgano Electoral no tiene ninguna facultad para discutir ni interpretar, menos revisar una sentencia constitucional. No existe posibilidad alguna de que el Tribunal Supremo Electoral pueda revisar una sentencia constitucional”, dijo Barón en conferencia de prensa.

El Presidente del Senado, además, agregó que el mandato del referendo del 21 de febrero de 2016 se cumplió, puesto que no se cambió el artículo 168 de la Constitución Política del Estado.

El fin de semana, la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, también aseguró que “no existe la posibilidad de que Evo Morales sea inhabilitado por el TSE”, debido a la sentencia del TCP y lamentó que los partidos opositores acosen al Tribunal Electoral con este tema.

"Son los partidos y las agrupaciones ciudadanas de oposición los que permanentemente han tenido una actitud de acoso al TSE y a los tribunales departamentales electorales (...). Pretende la oposición que el órgano electoral no acate la sentencia del Tribunal Constitucional que establece que el presidente Evo Morales, el vicepresidente (Álvaro García Linera), los gobernadores, alcaldes, las autoridades electas puedan ir a una reelección el 2019", afirmó Montaño en contacto con medios estatales.

En el referendo del 21 de febrero de 2016, la población rechazó modificar el artículo 168 de la Constitución para admitir una segunda postulación continua del Presidente y Vicepresidente. Pero, en noviembre de 2017, el Tribunal Constitucional Plurinacional habilitó la repostulación de autoridades electas al reconocer la prevalencia de convenios internacionales sobre la Constitución, en aplicación del artículo 256.

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