Min. de trabajo determina feriado para los lunes 26 de diciembre y 2 de enero
El Ministerio de Trabajo también aprobó un instructivo que dispone el pago del aguinaldo de Navidad de esta gestión hasta el martes 20 de diciembre.
El Ministerio de Trabajo comunicó que los feriados del 25 de diciembre y el 1 de enero se trasladan a los días lunes 26 de diciembre y 2 de enero, conforme a lo determinado por el artículo 3 del Decreto Supremo Nro. 2750 de 1 de mayo de 2016. Además recordó que el plazo para el pago del aguinaldo termina el 20 de diciembre.
“Se declara, por tanto, suspensión de actividades públicas y privadas en todo el territorio del Estado Plurinacional los lunes 26 de diciembre de 2016 y 02 de enero de 2017. Esta determinación es de cumplimiento obligatorio conforme el parágrafo 1 del artículo 48 de la Constitución Política del Estado”, dice el comunicado del ministerio.
El Ministerio de Trabajo también aprobó un instructivo que dispone el pago del aguinaldo de Navidad de esta gestión hasta el martes 20 de diciembre, para los trabajadores públicos y privados. El pago corresponde a un mes del salario total recibido en los últimos tres meses y no debe ser pagado en especie.
“Tienen derecho a percibir el pago del aguinaldo de Navidad todas las servidoras y servidores públicos que hubiesen cumplido tres meses continuos de trabajo en una misma entidad, en la gestión de enero a diciembre de 2016”, detalla el documento.
Los empleadores que no efectúen el pago del aguinaldo a sus trabajadores hasta el 20 de diciembre serán sancionados con el pago de un doble aguinaldo.