Redacción Oxígeno
26/01/2016 - 10:41

El TSE sanciona al canal estatal con Bs 87.480 por vulnerar el reglamento de propaganda

Hoy, el TSE informó que de acuerdo al informe técnico y de monitoreo en periodo de propaganda electoral realizado por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), en fecha 25 de enero de 2016, BTV transmitió en vivo y en directo la entrega de 300 viviendas en el municipio de Tarija por de 42 minutos.

La presidente del TSE, Katia Uriona (Foto: TSE)

La Paz, 26 de enero (Oxígeno).- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) sancionó al canal estatal Bolivia TV (BTV) por no respetar el Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo que establece que la transmisión de entrega de obras del Gobierno o de los gobiernos autónomos no puede superar los 15 minutos de duración.

Hoy, el TSE informó, mediante su periódico digital Fuente Directa, que de acuerdo al informe técnico y de monitoreo en periodo de propaganda electoral realizado por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), en fecha 25 de enero de 2016, BTV transmitió en vivo y en directo la entrega de 300 viviendas en el municipio de Tarija por de 42 minutos.

La sanción

Por lo sucedido, la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral decidió sancionar con  una multa de Bs 87.480 a la estatal Bolivia TV (BTV) por la transmisión de 42 minutos en vivo de la entrega de viviendas en Tarija.

“A través de nuestro sistema de monitoreo, se ha confirmado que BTV ha infringido la norma, durante la transmisión de una entrega de viviendas desde Tarija y se procede por decisión de Sala Plena con una sanción mayor a 80.000 bolivianos contra la televisora estatal, por haber infringido en más de 20 minutos el límite de la transmisión en vivo”, explicó la presidenta del TSE, Katia Uriona. 

El reglamento

El Artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, que en relación a la “Cobertura de entrega oficial de obras” establece:

I.         Desde los 30 días antes de la votación hasta las 20:00 horas de la jornada electoral, los actos de entrega pública de obras del gobierno central o de los gobiernos autónomos podrán ser difundidos por los canales de televisión, radioemisoras, periódicos, solo con cobertura informativa.

II.        La transmisión en vivo y en directo de actos de entrega de obras del Gobierno Nacional o de los gobiernos autónomos no podrá superar los 15 minutos de duración en cada caso. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de una multa contra el medio equivalente al doble de la tarifa más alta inscrita por el mismo, por el tiempo excedido.

La transmisión referida excedió en 27 minutos lo permitido por la normativa, ya que la transmisión del acto, en dos momentos, tuvo una duración de 42 minutos.

 Uriona recordó a la población que el viernes se inició la aplicación del  Artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo constitucional del 21 de febrero. Pidió que el proceso electoral se enmarque en los principios de equilibrio y responsabilidad.

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