Redacción Oxígeno
04/09/2015 - 10:14

Diputados aprueba ley que incrementa de Bs 22 mil a Bs 46 mil el beneficio del SOAT

El Proyecto de Ley, que plantea la modificación del Artículo 37 de la actual norma vigente establece que, el capital asegurado para gastos médicos será hasta Bs 24.000 por persona afectada sin que exista límite de personas cubiertas. Adicionalmente, el capital asegurado para las eventualidades de muerte y/o incapacidad total permanente será de Bs 22.000 por persona, montos que serán revisados por lo menos una vez cada tres años por el Órgano Ejecutivo.

La Paz, 04 de septiembre (Oxígeno).- La Cámara de Diputados aprobó la ley que incrementa los beneficios del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), para víctimas de siniestros automovilísticos, de Bs 22 mil a Bs 46 mil. En palabras del ministro de Economía y Finanzas, Luis Arce Catacora  "se está más que duplicando el beneficio del seguro,  manteniendo el costo para quien compra el SOAT".

El Proyecto de Ley, que plantea la modificación del Artículo 37 de la actual norma vigente establece que, el capital asegurado para gastos médicos será hasta Bs 24.000 por persona afectada sin que exista límite de personas cubiertas. Adicionalmente, el capital asegurado para las eventualidades de muerte y/o incapacidad total permanente será de Bs 22.000 por persona, montos que serán revisados por lo menos una vez cada tres años por el Órgano Ejecutivo.

El diputado, Javier Zavaleta, presidente de la Comisión de Planificación Política Económica y Finanzas, explicó  que esta modificación está orientada a aclarar las prestaciones que tendrá el SOAT, que se incrementará a un total de Bs. 46.000 a diferencia de la Ley vigente que solo establecía un monto de alrededor de Bs 22.000 que tenían que descontarse para gastos médicos, de invalidez o fallecimiento.

“Esta es una buena noticia para los bolivianos y bolivianas dado que tendrán un seguro con mayor cobertura”, subrayó.

Otra de las modificaciones planteadas en el artículo único del Proyecto de Ley, establece   quienes o que empresas aseguradoras pueden otorgar este tipo de servicios, en la actualidad la Ley establece que solo las compañías de seguros generales pueden participar, sin embargo, con el proyecto también lo pueden hacer las de seguros personales.

Finalmente, se incorpora la posibilidad de que la comercialización del SOAT se desarrolle a distancia, a través de medios electrónicos y teleinformática, utilizando documentos y firmas digitales, de esta forma se pretende evitar las largas filas acostumbradas a fin y principios de cada gestión.

El Proyecto de Ley aprobado por más de dos tercios, en sus estaciones en grande y detalle, fue remitido a la Cámara  de Senadores para su consideración.

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