El diésel sube de Bs 9,80 a Bs 17,95 el litro: Gobierno unifica el precio y lo liga al mercado internacional

El presidente Rodrigo Paz Pereira promulgó el Decreto Supremo N° 5716, que fija en Bs 17,95 por litro (impuestos incluidos) el nuevo precio final regulado del Diésel Oíl en todo el país. La norma, firmada el 18 de septiembre, representa un salto de casi el 83% respecto al precio de Bs 9,80 que regía desde enero de 2026 para transportistas, particulares y consumidores en general bajo el Decreto Supremo N° 5516.

El decreto también pone fin al esquema de dos precios que el Gobierno había implementado en agosto. Con el Decreto Supremo N° 5676, de mediados de agosto, se había creado una tarifa diferenciada de Bs 18 el litro solo para «grandes consumidores» —empresas e industrias que compran combustible de forma directa y en grandes volúmenes—, mientras el resto de la población seguía pagando Bs 9,80. El nuevo decreto abroga expresamente esa norma y unifica el precio: ahora todos los consumidores, sin distinción, pagarán Bs 17,95 el litro.

El cambio más relevante no es solo la cifra, sino el mecanismo: el decreto sustituye el precio final fijo que regía para el diésel desde el Decreto Supremo N° 5516, de enero de 2026, por un régimen de Precio de Paridad de Importación (PPI).

Y es que ahora, a diferencia del esquema anterior de precio congelado, el valor del diésel quedará ligado a la cotización internacional del combustible —tomando como referencia el precio del Diésel ULSD Colonial 62 publicado por Argus Media en Houston— más los costos de transporte, almacenaje, inspección, financiamiento, tributos aduaneros y otros gastos logísticos de la importación.

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Para evitar que el precio se mueva todos los días, el decreto crea una banda de ajuste del 5%: mientras la variación del precio referencial se mantenga dentro de ese margen, el valor vigente no se toca. Solo si la fluctuación supera el +5% o cae por debajo del -5% respecto al precio de referencia, la Autoridad de Fiscalización (el «Ente Regulador») actualizará la cifra, que regirá desde el día siguiente al cálculo. Ese cálculo se hará diariamente en días hábiles, aunque el ajuste efectivo solo se activará cuando se rompa la banda.

El decreto aclara que los márgenes de la cadena de comercialización, así como el IVA y el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) vigentes desde el Decreto Supremo N° 5516, se mantienen sin cambios. La diferencia que resulte entre el precio final bajo el esquema anterior y el nuevo precio del diésel será destinada a YPFB, y una parte de ese monto se transferirá a las refinerías para compensar el procesamiento del petróleo, según reglamentación que emitirá el Ministerio de Hidrocarburos y Energías.

La norma también dispone que los importadores autorizados de diésel deberán participar mensualmente en el Comité de Producción y Demanda (PRODE) y remitir cada lunes al Ente Regulador la estructura de costos de sus importaciones de la última semana. Como parte de los ajustes normativos, el decreto abroga los Decretos Supremos N° 5676 y N° 5698, y amplía hasta abril de 2030 el incentivo tributario para la importación de vehículos con tecnología Flex Fuel.

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