Ministerio de Trabajo reglamenta pago el 2do aguinaldo
La institución ratificó que las empresas que quieren acogerse a la ampliación para el pago del beneficio a los trabajadores hasta el 31 de marzo del 2016, deben presentar un formulario explicando los motivos porque la empresa privada o pública no puede cancelar el segundo aguinaldo hasta el 31 de diciembre.

La Paz, 15 de diciembre (Oxígeno).- El ministro de Trabajo emitió este martes la resolución Ministerial que reglamenta el pago del segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia”.
La institución ratificó que las empresas que quieren acogerse a la ampliación para el pago del beneficio a los trabajadores hasta el 31 de marzo del 2016, deben presentar un formulario explicando los motivos porque la empresa privada o pública no puede cancelar el segundo aguinaldo hasta el 31 de diciembre.
El empleador o el empresario deben presentar los requisitos hasta el 24 de diciembre, impostergablemente. La fecha de la presentación de planilla vence cuatro meses después, el 29 de abril.
Los requisitos son:
a) Fotocopia simple del Registro Obligatorio de Empleadores (ROE); acompañando el ROE original únicamente para fines de verificación;
b) Certificado de no adeudo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), al 30 de noviembre de 2015;
c) Fotocopias simples de la Planilla y Declaración Jurada de pago del Segundo Aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” de la gestión 2014 selladas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, cuando corresponda;
d) Formulario de Declaración Jurada de flujo de caja al 30 de noviembre de 2015, que establezca déficit financiero.
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