¿Apareces como militante de una organización política sin serlo?, conoce cómo anular el registro

Con la publicación de las listas de juradores electorales sorteados para las Elecciones Subnacionales del 22 de marzo, diversos ciudadanos utilizaron las redes sociales para expresar su descontento debido a que aparecen erróneamente como militantes de determinada organización política o agrupación ciudadana.

En ese sentido, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) aclaró que no tiene la potestad de asignar militancias a ningún ciudadano ya que cada organización política es la responsable de la inscripción de sus militantes.

“Por tal motivo se puede realizar el reclamo de manera directa con la organización política, ya que son ellos quienes deben responder del por qué se está inscrito dentro de su militancia”, señaló el TSE en respuesta a los reclamos que se hizo llegar al Tribunal a través de sus cuentas en las redes sociales.

El TSE, asimismo, explicó los pasos que se deben seguir para que los ciudadanos afectados anulen el registro de su militancia.

Según la información, el ciudadano o ciudadana, primero, debe descargar el formulario oficial y llenarlo.

En caso de que se desee renunciar a una organización política nacional el formulario debe ser entregado en oficinas del TSE; en cambio, si se quiere anular la militancia en una organización política departamental o agrupación ciudadana el documento debe presentarse en instalaciones del Tribunal Electoral Departamental (TED) de cara región.

Ocho causales para excusarse si es jurado electoral

Por otro lado, desde el Órgano Electoral también se dio a conocer las ocho razones por las cuales las personas que fueron elegidas como jurado electoral para las Elecciones Subnacionales 2026 del 22 de marzo puedan excusarse.

Las causales son:

  • Enfermedad.
  • Estado de gravidez.
  • Fuerza mayor o caso fortuito.
  • Por ser dirigente de organizaciones políticas.
  • Por ser candidato o candidata.
  • Personas que el día de las elecciones prestan servicios públicos o privados indispensables.
  • Ser mayor de 60 años.
  • Tener bajo dependencia a personas con enfermedades incapacitante

En todos los casos, se debe presentar la documentación de descargo en cada tribunal departamental desde hoy lunes hasta el domingo 1 de marzo en cumplimiento a calendario electoral definido por el Tribunal Supremo Electoral.

También se puede hacer de manera digital ingresando a la plataforma ciudadana.

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