La Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (Epsas) no aplica ningún incremento o elevación en el cobro del servicio de provisión de agua potable en la ciudad de El Alto, afirmó este domingo el Gobierno.
“Cualquier versión en sentido contrario falta a la verdad porque está plenamente vigente la tarifa solidaria, que se aplica a quienes consumen menos de 15 metros cúbicos al mes, esos usuarios pagan 1,78 bolivianos el metro cúbico (equivalente a cinco turriles de 200 litros)”, indicó ante presuntas denuncias sobre un incremento en el costo del servicio.
Las autoridades de Epsas explicaron que un aumento de la tarifa se aplica a quienes consumieron más de 15 metros cúbicos al mes, el monto o costo adicional se establece a partir del valor vigente de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) y este se fija a partir de la inflación mensual.
El valor de la UFV al 27 de junio de 2026 fue de Bs 3,29056, según datos publicados por el Banco Central de Bolivia. Hace un año, el 27 de junio de 2025, el valor de la UFV fue de Bs 2,74112.
El cálculo mensual de las tarifas de agua a partir del valor de la UFV y de la inflación, se realiza en Bolivia desde marzo de 2007 cuando la Superintendencia de Saneamiento Básico estableció con su resolución 67/2007 una fórmula de cálculo del costo a pagar por consumo de agua a partir de establecer el valor diario de la UFV, y este, a su vez, se define a partir del precio del dólar y de la inflación (índice de precios al consumidor).
Si una persona excedió el límite de 15 metros cúbicos de consumo como tarifa solidaria, su factura de agua se verá incrementada por el impacto que la inflación tuviera en el valor de la UFV. Pero este caso no se puede generalizar al 85% de los 321.913 usuarios de El Alto que se benefician con la tarifa solidaria; es decir, 273.615 personas.
Además de la citada resolución 67/2007 de la Superintendencia de Saneamiento Básico, el marco normativo de la determinación de tarifas de servicios básicos se respalda en la Ley 2434 de Reordenamiento Económico que data del 21 de diciembre de 2002, y la Ley 2066 de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitarios, vigente desde el 11 de abril del año 2000.
Estas normas permiten ajustar periódicamente los costos del servicio según la inflación, buscando la sostenibilidad económica de las operadoras (como Epsas); es decir, sus costos de operación.
Ese es el marco normativo vigente para el tema tarifario en servicios básicos, la actual gestión de Gobierno del presidente constitucional Rodrigo Paz no modificó esas leyes, ni puso en vigencia ninguna normativa que autorice incrementos tarifarios de ningún tipo.
El ministro de Economía y Finanzas Públicas, José Gabriel Espinoza, explicó que el impacto que tuviera la inflación en este tema se debe a la herencia del gobierno del expresidente Luis Arce que dejó a Bolivia con una inflación alta del 20%.
“Básicamente ese es el tema con las UFVs, no es un tema nuestro, es un tema que estamos heredando y por eso tenemos que controlar la inflación, por eso la pelea es por bajar la inflación”, explicó.