Carlos Sánchez Berzaín, el exministro de Defensa del Gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, ganó una acción judicial en la Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba y, en consecuencia, logró anular la persecución judicial en su contra – y la de otras exautoridades- por los hechos luctuosos de octubre del 2003.
Esta jornada, la Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba dictó sentencia y complementación declarando “la nulidad de pleno derecho” de la apertura de juicio del 25 de marzo de 2009 y actuados emergentes en el juicio de responsabilidades respecto al ex ministro de Defensa Nacional José Carlos Sánchez Berzain y las ex ministros de Participación Popular, miembros del gabinete del presidente Gonzalo Sánchez de Lozada.
Los exministros eran procesados por los hechos luctuosos de octubre de 2003, mes en el que se registraron bloqueos y movilizaciones y que derivaron en la renuncia del entonces presidente Sánchez de Lozada.
Un total de 67 a 68 personas perdieron la vida específicamente durante las protestas y la represión militar del mes de octubre de 2003. Organismos de derechos humanos señalan que la cifra real se elevó a más de 70 u 80 muertos en los meses siguientes debido a personas que no lograron sobrevivir a las secuelas de sus heridas graves. Además, el conflicto dejó un saldo de más de 400 heridos, muchos de ellos con discapacidades severas y permanentes
No obstante, en específico, se declaró probada una acción de libertad, el recurso constitucional que en el Estado Plurinacional de Bolivia reemplaza al “Habeas Corpus”, que fue interpuesta por la abogada Patricia Cleobereida Guevara en representación sin mandato de los ministros de Defensa Nacional y de Participación Popular (los accionantes) en el Gabinete de Gonzalo Sánchez de Lozada (2002-2003) contra los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional, pidiendo se anule la persecución política emergente de los hechos de octubre de 2003.
La principal consecuencia jurídica es que el juicio de responsabilidades ha dejado de existir, como expresa la resolución complementaria de la Sala Constitucional “lo que tiene como efecto no haber nacido a la vida jurídica, por ende, sin eficacia legal” favoreciendo únicamente a los ex ministros recurrentes. Medidas derivadas de la nulidad son el cese de “las emergentes disposiciones y medidas restrictivas de los derechos fundamentales de los accionantes, órdenes y mandamientos de aprehensión emitidos contra la libertad de los accionantes…”.
Sánchez Berzain, cabe recordar, salió al exilio la noche del 17 de octubre de 2003 con el presidente Sánchez de Lozada en vuelo regular de la línea aérea boliviana habiendo recibido asilo político en Estados Unidos. Otros miembros del Gabinete de Ministros -igualmente perseguidos- recibieron refugio político en Perú, España y otros países.
El exministro ha sostenido que el juicio de responsabilidades se trata de una acción de persecución política judicializada en el marco de “la traición de Carlos Mesa para la toma del poder por Evo Morales”, a quien acusa de haber encabezado el derrocamiento y cometido crímenes para cesar el mandato constitucional del presiente Sánchez de Lozada.
// Oxígeno con información de Infobae