La gerente nacional legal de Soboce, Ximena Riveros, afirmó este viernes que el Grupo Gloria contrató al expresidente de España, José Luis Rodríguez Zapatero, para que sea un intermediario ante el Gobierno del exmandatario boliviano Luis Arce, pero con el fin de viabilizar reuniones para que el Estado pague a esa empresa su deuda por “expropiación” de sus acciones y no para influir en el litigio judicial con Fancesa.
Entrevistada por Radio Fides, Riveros señaló que “Zapatero fue contratado como un consultor internacional para que nos dé asesoramiento en comunicación y relaciones institucionales”, afirmó.
Aseveró que Soboce, y el Grupo Gloria, buscó que Zapatero “sea un canal de comunicación con el Estado, un intermediario para lograr cobrar esa expropiación”.
“La idea era que nos escuchen y acepten reunirse con nosotros”, aseveró.
En ese sentido, rechazó que se haya contratado a Zapatero “para influir en un proceso judicial”.
“Reconocemos la diferencia de los poderes del estado”, señaló y enfatizó que no se buscó “ninguna influencia en procesos judiciales”.
Finalmente, señaló que se pagó 200 mil euros al expresidente español y su trabajo sirvió como “un puente para lograr algunas reuniones” con las autoridades del anterior Gobierno.
Ayer, Soboce informó que presentó una queja ante la Sala Constitucional Segunda de La Paz en contra del fallo, ratificado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que le ordena pagar a Bs 744 millones a Fancesa por competencia desleal.
“La Sociedad Boliviana de Cemento S.A. (SOBOCE) ha presentado una Queja por Incumplimiento ante la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Esta acción se debe a que el Auto Supremo N° 1190/2026, dictado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el pasado 26 de junio de 2026, incumple las directrices obligatorias emitidas previamente por la jurisdicción constitucional”, señala el comunicado.
La queja, cabe señalar, fue presentada ante la Sala Constitucional Segunda de La Paz, la cual con anterioridad había dejado sin efecto el fallo contra Soboce en el marco de un amparo.
En ese sentido, Soboce pide, como medida cautelar, solicitó a la Sala la suspensión provisional de la ejecución del Auto Supremo y de cualquier medida coactiva o embargo mientras se resuelven las acciones constitucionales pendientes.
Además, semanas atrás, Soboce recordó que el Estado boliviano mantiene pendiente desde hace más de 16 años el pago de la indemnización por la expropiación de sus acciones en Fancesa, dispuesta mediante el Decreto Supremo 0616 de septiembre de 2010.
Según la compañía, esa obligación supera actualmente los 290 millones de dólares y el proceso iniciado por Fancesa ha sido utilizado como una estrategia para postergar el pago de esa compensación.
El fallo del TSJ
El pasado 29 de junio, el Tribunal Supremo de Justicia declaró infundado el recurso de casación presentado por la Sociedad Boliviana de Cemento (Soboce) en el proceso por competencia desleal y dejó firme la sentencia que ordena el pago de Bs 744 millones a Fancesa. Luis Edson Ayllón, gobernador de Chuquisaca, anunció que se iniciará acciones legales para ejecutar el cobro.
De esa forma se ratificó la decisión de la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca que hace dos años determinó que la cementera paceña de propiedad del Grupo Gloria del Perú, pague la millonaria cantidad por una demanda iniciada por la factoría chuquisaqueña, dentro de un proceso por competencia desleal.
El nuevo fallo fue dictado el 26 de junio de 2026 en cumplimiento de la Resolución Constitucional 136/2025, emitida por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, integrada por los vocales José Rodolfo Sáenz Paz y René Delgado, que dejó sin efecto el anterior Auto Supremo 059/2025 y ordenó al máximo tribunal emitir una nueva resolución con mayor fundamentación sobre los agravios expuestos por Soboce.
En la nueva resolución, el TSJ concluye que ninguno de los agravios planteados por Soboce resultó evidente, por lo que mantiene firme la sentencia que dispone el pago de Bs 744.315.432 por los daños ocasionados a Fancesa como consecuencia de actos de competencia desleal.
Entre otros aspectos, sostiene que la excepción de prescripción fue presentada de manera extemporánea, que no existieron errores que justifiquen anular el proceso y que los cuestionamientos a la valoración de la prueba pericial carecen de sustento suficiente. Asimismo, considera legítima la participación de las instituciones copropietarias de Fancesa dentro del proceso.
El fallo se conoció poco después de que una investigación en España vinculara expresidente José Luis Rodríguez Zapatero por una supuesta trama de tráfico de influencias en el país.
Según la información, Zapatero hizo gestiones ante el Gobierno de Luis Arce para beneficiar al conglomerado peruano Grupo Gloria, en el litigio contra Fancesa.
En consecuencia, el Consejo de la Magistratura anunció una revisión disciplinaria de la actuación de los administradores de justicia que intervinieron en este caso.