Christian Rojas
03/09/2014 - 16:26

La UD denuncia ante el TSE a ministra Morales por campaña en horarios de oficina

El Artículo 9 de la ley del funcionario público prohíbe que los servidores realicen “actividades políticas partidarias y de interés particular durante la jornada laboral o en el ejercicio de sus funciones”.

El lunes, el MAS firmó un acuerdo con disidentes del MSM. La Ministra estuvo presente. (Foto: ABI)

La Paz, 3 de septiembre (Oxígeno).-  La alianza Unidad Demócrata (UD)  oficializó este miércoles la denuncia ante el Ministerio Público contra la Ministra de Desarrollo Productivo, Teresa Morales que el lunes pasado fue vista en  horario  de trabajo realizando campaña electoral  por el gubernamental del Movimiento Al Socialismo(MAS).

La mañana de hoy cerca a las 10.00, Amílcar Barral, candidato a diputado por UD,  fue la persona que presentó la denuncia ante la Fiscalía de La Paz. Explicó que Morales violó los  Artículos 9  y 39 del Funcionario Público.

“Es lamentable que, pese haber restricciones por parte del TSE, funcionarios como la Ministra (Morales)  hagan campaña en horarios de trabajo, por eso estamos haciendo la denuncia a instancias correspondientes (…) Esperamos que se dé una respuesta lo más antes posible”, indicó.

Lamentó, además, que la Ministra de Desarrollo Productivo haya utilizado un vehículo del Estado  para su cometido, dijo que si Teresa Morales quiere hacer campaña proselitista  puedo hacerlo, pero desde las 02.00 horas hasta las 06.00 horas pero en un vehículo de servicio público o particular.

“No puede ser que además que la señora Morales, a quienes los bolivianos le pagamos el sueldo, vaya en un vehículo oficial  a ese lugar ( para hacer campaña) a favor del  Movimiento Al Socialismo (MAS). Si quiere que lo haga en taxi y no en un auto que es del Estado”, añadió  Barral.

El Artículo 9 de la ley del funcionario público prohíbe que los servidores realicen “actividades políticas partidarias y de interés particular durante la jornada laboral o en el ejercicio de sus funciones”.

En se marco, el Artículo 39 de sanciones  establece: “Dos evaluaciones consecutivas no satisfactorias y otras infracciones al presente Estatuto, de los funcionarios de carrera, dará lugar a sanciones que incluyan llamadas de atención, multas, suspensión temporal de funciones o destitución del cargo, de acuerdo a reglamento”.

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