Respuesta
César Sánchez
19/06/2022 - 19:26

Lima responde, una a una, a las seis “observaciones preliminares” de Oficina de la ONU sobre el juicio contra Añez

“Saludamos la objetividad de las OBSERVACIONES PRELIMINARES de la misión técnica de OACNUDH Bolivia que señala expresamente que no afectan la independencia judicial y cuyo objeto no es comentar o refrendar la Sentencia dictada por el Tribunal en el caso CUD 201102012105245 (sic)”, señaló Lima a través de su cuenta de Twitter.

El ministro de Justicia, Iván Lima, respondió hoy, uno a uno, las seis “observaciones preliminares” que emitió la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH Bolivia) sobre el juicio llevado adelante contra la expresidenta Jeanine Añez por el caso ‘Golpe II’.

“Saludamos la objetividad de las OBSERVACIONES PRELIMINARES de la misión técnica de OACNUDH Bolivia que señala expresamente que no afectan la independencia judicial y cuyo objeto no es comentar o refrendar la Sentencia dictada por el Tribunal en el caso CUD 201102012105245 (sic)”, señaló Lima a través de su cuenta de Twitter.

El pasado viernes 10 de junio, tras 28 sesiones de juicio oral, la justicia dictaminó una sentencia de 10 años de cárcel en contra de Añez y el resto de los acusados por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución. La Misión de la ONU, una semana después, el viernes 17, emitió un comunicado público en el que, entre otras cosas, afirmó que siguió el proceso por invitación de las autoridades competentes y tras ser aceptada por el Órgano Judicial y las partes del proceso.

En ese sentido, este domingo el Ministro de Justicia comentó y respondió los seis puntos observados por la Oficina de la ONU.

Primera observación

El primer punto observado por el organismo internacional se refiere a la ambigüedad del tipo penal de “incumplimiento de deberes”.

Al respecto, Lima aclaró que el delito de incumplimiento de deberes fue modificado y adecuado al standard más  alto de legalidad por Ley 1390 el 27 agosto de 2021.

“Es un principio universal la aplicación de la ley penal más favorable y el juzgamiento por el tipo penal vigente cuando se cometió el hecho”, aseveró.

Segunda observación

La segunda observación de la Oficina de la ONU se refiere al “uso excesivo y desproporcional” de la detención preventiva y se cuestiona, sobre todo, que Añez y el resto de los imputados hayan sido víctimas de “una acumulación de detenciones preventivas por los mismos hechos bajo diferentes delitos”.

Sobre el punto, Lima afirmó que la detención preventiva es un “aspecto accesorio al juicio y la sentencia que debe determinarse por los riesgos procesales”.

“De ninguna manera la medida cautelar afecta la decisión de la Sentencia”, agregó.

Tercera observación

En su comunicado, el tercer punto al que se refiere la OACNUDH Bolivia observa que las sesiones del juicio por el caso Golpe II se hayan desarrollado bajo un formato “híbrido” (entre el formato presencial y virtual) y que los principales acusados, entre ellos Añez, hayan tenido que seguir las audiencias mediante la virtualidad y solo tuvieron la oportunidad de participar de forma presencial cuando el Tribunal de Justicia se trasladó a los diferentes penales donde los imputados guardaban detención preventiva.

“El formato virtual hibrido garantizó la declaración inicial y final de la ex Senadora, en el resto del juicio sus abogados ejercieron la defensa técnica y comunicación con ella de manera amplia e irrestricta. Se cumplió con la inmediación en tiempos de pandemia”, fue la respuesta del Ministro de Justicia.

Cuarta observación

Por otro lado, Lima también explica que en el caso Golpe II el juicio en ausencia solo se llevó adelante contra los exjefes de la Policía y las Fuerzas Armadas, Yuri Calderón y Williams Kalina, respectivamente, puesto que ambos fugaron del país y fueron declarados en rebeldía.

“El Juicio en Ausencia no se refiere a la ex Senadora sino a su cómplices Calderón y Kaliman, quienes deben y pueden purgar su rebeldía y presentarse al proceso les exhortamos a que se presenten y respondan a la Justicia (sic)”, señaló el Ministro.

Lo expresado va en respuesta a la recomendación de la la ONU respecto a evitar los juicios en “ausencia” o “rebeldía”.

Quinta observación

La quinta observación de la Oficina de la ONU señala que “el acceso a la prueba testifical por las partes pudo haber sido facilitado en mayor medida. La decisión del Tribunal de no exigir la comparecencia de testigos afectó a todas las partes en sus derechos procesales”.

Sobre ese punto, el Ministro afirmó que la prueba testifical y su modulación por parte del Tribunal deben ser “útiles y pertinentes”.

“Que los socios de la ex Senadora no quieran venir al proceso y que se busque demorar injustificadamente el caso es “chicana” veremos en su apelación que está razón no tiene fundamento”, aseguró.

Sexta Observación

Finalmente, la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH Bolivia) cuestionó que la “participación de numerosas partes acusatorias” – entre ellas la Fiscalía, el Ministerio de Gobierno, la Procuraduría y el Senado- “afectó el equilibrio procesal” y la posibilidad “de proponer pruebas, en la confrontación de testigos  y en la presentación de alegatos”.

Sin embargo, para el Ministro de Justicia las partes acusadoras ejercieron su participación de “manera responsable, conforme a la ley y su obligación de defender los derechos de las víctimas”.

“Nunca dejaremos la responsabilidad de litigar en defensa de la democracia”, finalizó la autoridad.

Saludamos la objetividad de las OBSERVACIONES PRELIMINARES de la misión técnica de OACNUDH Bolivia que señala expresamente que no afectan la independencia judicial y cuyo objeto no es comentar o refrendar la Sentencia dictada por el Tribunal en el caso CUD 201102012105245. https://t.co/RTqL9rFbG8

— Ivan Lima Magne (@ivanlimamagne) June 19, 2022

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