Artículo 12
Redacción Oxígeno
27/03/2017 - 12:17

Gobierno advierte que sentencia del TCP afecta gravemente los derechos de los trabajadores

El viceministro Trigoso explicó que la declaración de inconstitucionalidad del Art. 12 no solo dejó sin efecto las cartas de preaviso, sino que creó nuevas causales de despido.

El viceministro de Transparencia y ex ministro de Trabajo, Gonzalo Trigoso. Foto: Min. de Justicia

El viceministro de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, Gonzalo Trigoso, manifestó en conferencia de prensa que la eliminación del artículo 12 de la Ley General del Trabajo afecta “gravemente” los derechos y garantías de los trabajadores.

El exministro de Trabajo explicó que la declaración de inconstitucionalidad del Artículo 12 que emitió el Tribunal Constitucional Plurinacional no solo dejó sin efecto las cartas de preaviso, sino que también eliminó las modalidades de contratación  y creo nuevas causales de despido.

“No sé cuál es la alegría del compañero Mitma que le está regalando al país semejante problema a los trabajadores”, afirmó Trigoso.

La autoridad explicó que según la Ley General del Trabajo no es posible despedir a nadie en Bolivia sin que medie una causa justificada prevista en la Ley, pero la sentencia 009/17 “habría creado nuevas causales de despido que no estaban incorporadas en el artículo 16 de la Ley”. 

Según leyó el ministro estas nuevas causales son por “fuerza mayor, quiebra, incapacidad física o mental, jubilación, indisciplina entre otras”.  Esto sería peligroso porque el 80% de las empresas en Bolivia están en quiebra técnica, es decir que su activo es muy similar a su pasivo, según Trigoso con la sentencia una empresa podría “barrer a todos sus trabajadores”, alegando quiebra técnica. 

“La ley señalaba que había la obligación del pago del desahucio ante un acontecimiento de fuerza mayor, como un terremoto, con esta sentencia ya no hay obligación de la empresa de pagar el desahucio porque se considera una causal justificada de despido”, argumentó.

Siguiendo la reflexión del viceministro también se puede despedir a los trabajadores que alcanzan la edad de jubilación, que antes estaban protegidos hasta que concluyeran su trámite de jubilación.

También peligraría el empleo de las personas con alguna discapacidad ya que no hay mecanismos que determinen que se considera incapacidad física o mental; además, los trabajadores podrían ser despedidos por lo que el empleador considere “indisciplina”. 

Otro problema que denunció Trigoso fue que se eliminan las modalidades de contratación  que diferenciaban al derecho del trabajo del derecho civil y del derecho comercial. Esto traería graves dificultades para los trabajadores.

 

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