La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) instruyó la aplicación excepcional de la detención preventiva en todo el país y la revisión de oficio de aquellos casos en los que desaparecieron las causas que la justificaron o cuando su duración exceda parámetros de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) afirmó que la decisión “permitirá aliviar el hacinamiento carcelario en el país y el uso excesivo y arbitrario de la detención preventiva”.
“A las autoridades jurisdiccionales en materia penal, al momento de resolver solicitudes de aplicación de medidas cautelares personales, observen y apliquen de manera estricta los principios de necesidad, racionalidad, de carácter excepcional, subsidiario, provisional y proporcional de la detención preventiva, realizando un control reforzado de constitucionalidad y convencionalidad respecto a los presupuesto materiales y procesuales exigidos por ley”, indica la instrucción emitida este jueves.
Asimismo, la Sala Plena dispuso que las autoridades judiciales deben considerar la aplicación de medidas cautelares menos gravosas y mecanismos tecnológicos de control judicial como el sistema ROMA – ARGO; además de la revisión inmediata de las detenciones preventivas cuyo plazo haya fenecido.
“La Circular resalta que el juez será responsable de controlar de oficio la excepcionalidad, legalidad, necesidad, proporcionalidad y razonabilidad de los requerimientos, además, la Sala Plena, instruye la aplicación excepcional de la detención preventiva y la revisión inmediata de casos en los que su plazo haya fenecido”, añade la información del TSJ.