Gobierno niega que Lara sea Presidente en Ejercicio cuando Paz sale del país: “Las leyes no se interpretan a gusto y capricho”

El Gobierno, a través del ministro de la Presidencia, Fernando Aramayo, negó que el vicepresidente Edmand Lara asuma el rol de Presidente en Ejercicio cuando el Jefe de Estado, Rodrigo Paz, sale del país.

“La norma dice lo que dice y hay que acatarla… las leyes no se interpretan a gusto y capricho”, afirmó en contacto con DTV.

En ese sentido, Aramayo dejó en claro que Lara no es Presidente Ejercicio y no solo para el Gobierno, sino que, dijo, hay un “marco normativo vigente” que establece que Paz puede gobernar desde el exterior a través de medios digitales.

“No hay polémica, la norma es clara”, señaló en referencia al Decreto 5515 y aseveró que todas las actuaciones que haga el Jefe de Estado desde el extranjero son válidas.

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“En esto hay que ser muy serios, lo que queremos es recuperar institucionalidad y esas acciones no van en ese sentido. Hay cosas mas imp que hacer interpretaciones de la Constitución y estar queriendo disputar estos espacios. Hay que pensar en el país”, afirmó.

Ayer, vicepresidente del Estado, Edmand Lara, aseguró que tras realizar consultas con el equipo jurídico de la Vicepresidencia tomó la decisión de cumplir el artículo 169 de la Constitución Política del Estado y asumir la “suplencia legal” de la presidencia cuando el presidente Rodrigo Paz se ausente del país.

Hemos pedido un informe al equipo jurídico de la Vicepresidencia y la recomendación es que se cumpla la Constitución. En ausencia del Presidente mi persona asume la suplencia legal”, aseveró Lara en contacto con la prensa.

El Vicepresidente, en ese sentido, afirmó que cumplirá lo establecido por la Constitución y recordó que la Carta Magna está por encima del Decreto 5515, que establece que Paz puede gobernar el país a través de medios tecnológicos cuando esté fuera del país.

“Lo que acá se va ac cumplirse es la Constitución Política del Estado, que está por encima del Decreto 5515. Entendemos que la tecnología ayuda en tener una mejor comunicación, pero no modifica la Constitución. En ese sentido mi persona asumirá hasta que el presidente retorne de Estados Unidos, asumiría la suplencia legal”, afirmó.

Finalmente, la autoridad aseveró que no se trata de un “Golpe de Estado” ni se desconoce el Decreto 5515; sino que se cumple lo enmarcado en la Constitución.

El artículo 169 de la Constitución Política del Estado señala que “en caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del Presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente y, a falta de ésta o éste, por la Presidenta o el Presidente del Senado, y a falta de ésta o éste por la Presidente o el Presidente de la Cámara de Diputados. En este último caso, se convocarán nuevas elecciones en el plazo máximo de noventa días”.

Y añade que “en caso de ausencia temporal, asumirá la Presidencia del Estado quien ejerza la Vicepresidencia, por un periodo que no podrá exceder los noventa días”.

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