La Sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional A(LP) para analizar la aprehensión del fiscal general del Estado, Roger Mariaca, además de sus implicaciones y consecuencias, entró en receso hasta que las cámaras de Senadores y de Diputados traten y aprueben, por separado, el Proyecto de Ley que modifica el artículo 25 de la Ley del Ministerio Público y la norma sea promulgada por el presidente del Estado, Rodrigo Paz.
El artículo 25 de la Ley 260 está referido a las suplencias del cargo del Fiscal General del Estado. Las modificaciones propuestas apuntan a permitir a que la Asamblea Legislativa designa a un Fiscal General interino que sustituya al aprehendido Mariaca.
En ese sentido, la resolución de la ALP señala que el Senado, primero, y luego Diputados deberán sesionar por “tiempo y materia” para aprobar la Ley modificatoria. Una vez que sea sancionada se la remitirá al Ejecutivo para que sea promulgada por el presidente Rodrigo Paz y después se reinstalará la sesión del pleno legislativo para designar al Fiscal interino.
El artículo 25 de la Ley 260 está compuesta por cinco artículos:
I. En caso de impedimento temporal por viaje o enfermedad de la o el Fiscal General del Estado, será suplida o suplido por la o el Fiscal Departamental de Chuquisaca; y en ausencia de éste, lo suplirá el o la Fiscal Departamental de acuerdo al orden de prelación establecido en el parágrafo V de este Artículo.
II. En casos de destitución, suspensión definitiva, renuncia, ausencia o impedimento definitivo de la o del Fiscal General del Estado, lo suplirá la o el Fiscal Departamental o Superior de acuerdo al orden de prelación establecido en el parágrafo V de este Artículo, debiendo presentarse para tal efecto la documentación pertinente ante la Asamblea Legislativa Plurinacional para que se procese en la Comisión Mixta de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado.
III. En caso de destitución, renuncia, ausencia o impedimento de las o los Fiscales Departamentales, serán suplidas o suplidos por la o el Fiscal de Materia, de acuerdo con la prelación establecida en el parágrafo V de este Artículo.
IV. Las y los Fiscales Superiores así como las y los Fiscales de Materia, se suplirán entre sí.
V. El orden de prelación se establece de acuerdo con la antigüedad en el ejercicio de:
- 1. Funciones en el cargo.
- 2. Funciones en el Ministerio Público.
- 3. La abogacía.
La aprehensión de Mariaca – así como de otros 13 fiscales y funcionarios del Ministerio Público- se dio la noche del miércoles, horas después de que fuera acusado por el Gobierno de Estados Unidos de proteger y beneficiar al narcotráfico y también tras la difusión de un material en el que se escucharía al narcotraficante Sebastián Marset referirse a él como su “amigo”.