Un nuevo revés a la norma gubernamental que permite al mandatario Rodrigo Paz gobernar desde el exterior. El presidente del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ), Aldo Quezada, afirmó este miércoles que la Constitución Política del Estado (CPE) establece la “línea vertical de mando” ante la ausencia del Primer Mandatario y dejó en claro que la Carta Magna está por encima de cualquier decreto.
“La Constitución así lo establece, puede haber disposiciones que interpreten aquello, pero, mientras eso no exista, la Constitución así lo establece”, dijo Quezada en contacto con Unitel.
Asimismo, afirmó que “de ninguna manera” un Decreto estará por encima de la Constotución Política del Estado.
“No puedo emitir mucho comentario, más sí la Constitución Política del Estado establece la línea vertical de mando ante la ausencia del presidente”, insistió.
Horas antes, el fiscal general del Estado, Roger Mariaca, también desconoció el Decreto 5515, que permite al mandatario Rodrigo Paz gobernar desde el exterior, y reconoció a la actual cabeza del Senado, Diego Ávila, como el presidente en ejercicio del Estado ante los viajes de paz y el vicepresidente Edmand Lara.
Durante el acto de conmemoración por los 216 años de la gesta libertaria de Santa Cruz, el Fiscal General brindó un discurso ante autoridades e invitados. En su intervención, Mariaca realizó los saludos protocolares y fue ahí que reconoció a Ávila como Presidente en Ejercicio del Estado.
Mariaca se refirió a Ávila como “Presidente constitucional el día de hoy en Bolivia”.
“Para mí es eso. No estando el Presidente ni el Vicepresidente quien asume es el Presidente del Senado de nuestro país. Para mí, allá los comentarios”, señaló.
Tras el viaje de Rodrigo Paz a Estados Unidos para participar de la Asamblea General de la ONU, el pasado domingo, el vicepresidente Edmnd Lara señaló que, tras consultar con el equipo jurídico de la Vicepresidencia, decidió priorizar el artículo 169 de la Constitución por encima del Decreto 5515 y aseveró que cada vez que Paz salga del país será él el Presidente en Ejercicio del Estado.
“Hemos pedido un informe al equipo jurídico de la Vicepresidencia y la recomendación es que se cumpla la Constitución. En ausencia del Presidente mi persona asume la suplencia legal”, afirmó.
No obstante, Lara, el pasado martes, emprendió viaje a Paraguay para cumplir una agenda oficial, por lo que la suplencia recae en el presidente del Senado.
Empero, el Gobierno rechazo la postura del Vicepresidente y afirmó que Paz gobierna a través de medios tecnológicos en cumplimiento a su propio Decreto.
El artículo 169 de la Constitución Política del Estado señala que “en caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del Presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente y, a falta de ésta o éste, por la Presidenta o el Presidente del Senado, y a falta de ésta o éste por la Presidente o el Presidente de la Cámara de Diputados. En este último caso, se convocarán nuevas elecciones en el plazo máximo de noventa días”.
Y añade que “en caso de ausencia temporal, asumirá la Presidencia del Estado quien ejerza la Vicepresidencia, por un periodo que no podrá exceder los noventa días”.