Salud
Redacción Oxígeno
02/02/2021 - 08:19

El acuerdo entre Gobierno y médicos, sobre la Ley de emergencia sanitaria, pasará al Senado

El Gobierno y el Colegio Médico de Bolivia firmaron un acuerdo para la modificación de los artículos 17, 19 y 28 del proyecto de Ley de emergencia sanitaria.

Firma del acuerdo entre el Gobierno y el Colegio Médico de Bolivia.

El ministro de Salud, Jeyson Auza, y el presidente del Colegio Médico de Bolivia, Cleto Cáceres, firmaron un acuerdo para la modificación de los artículos 17, 19 y 28 del proyecto de Ley de emergencia sanitaria. Se prevé que las modificaciones serán tratadas este martes en el Senado. La firma del acuerdo evita el paro indefinido anunciado por los médicos.

“El ministerio de Salud se compromete a dar cumplimiento a lo acordado con respecto a los cambios en los artículos 17, 19 y 28, por su parte el colegio médico de Bolivia se compromete a suspender cualquier medida de presión asumida o anunciada, que esté encaminada a la suspensión de los servicios de salud con el objeto de precautelar y garantizar el derecho a la salud de la población”, señala el punto 4 del convenio.

El ministro Auza destacó que las observaciones fueron subsanadas a través del diálogo. “Hoy el diálogo ha triunfado. El consenso se ha impuesto ante la intransigencia y gracias a ese consenso le podemos decir al pueblo boliviano que están garantizados los servicios de salud”, manifestó en conferencia de prensa.

“La vocación del Colegio no es hacer paros ni huelgas sino trabajar en la atención y la respuesta a las demandas de salud y eso es lo que está haciendo esta directiva”, añadió el presidente del Colegio Médico de Bolivia, Cleto Cáceres.

Las modificaciones

El convenio contempla que las modificaciones al proyecto de Ley de emergencia sanitaria serán tratadas en la Cámara de Senadores, esta semana. El proyecto fue aprobado el pasado viernes en la Cámara de Diputados y está semana corresponde al Senado revisarla.

El artículo 17, medicamentos e insumos médicos, establecía que durante la vigencia de la declaración de emergencia sanitaria se aplicará las siguientes medidas: el Ministerio de Salud y Deportes emitirá una resolución ministerial en la cual se incluirá un tarifario básico de servicios e internación y tratamiento médico a efectos de ser usado por los establecimientos privados de otorgación de servicios de salud.

La modificación: El Ministerio de Salud emitirá una resolución ministerial sujeta a reglamentación mediante decreto supremo, en la que se incluirá un tarifario básico de internación y tratamiento médico a efectos de ser usado por establecimientos privados de otorgación de servicios y salud.

El artículo 19, prohibición de suspensión de servicios en salud, manifestaba que durante el tiempo de vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria no podrán ser interrumpidos los servicios del sistema nacional de salud como consecuencia de paros, huelgas, protestas, jornadas académicas u otras análogas.

El cambio que será aplicado manifiesta que durante el tiempo de vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria no podrán ser interrumpidos los servicios del sistema nacional de salud.

El artículo 28, contratación de personal médico, indicaba que el Ministerio de Salud y Deportes en el marco de la declaratoria de la emergencia sanitaria podrá simplificar los requisitos y procedimientos para la contratación del personal médico, de enfermería y técnicos de la salud, quedando habilitado a contratar profesionales médicos que hubieran concluido sus estudios en Bolivia o el extranjero, estudiantes de medicina y médicos jubilados.

La modificación: El Ministerio de Salud y Deportes podrá abreviar plazos y simplificar requisitos en procedimientos para la contratación del personal profesional y técnico de salud, egresados y/o estudiantes de medicina y médicos jubilados, quedando habilitado a contratar profesionales médicos que hubieran concluidos sus estudios en Bolivia o el extranjero, siempre y cuando no exista la disponibilidad de recursos humanos en el país y en otro caso haya predisposición de profesionales bolivianos a prestar servicios al Estado.

Parágrafo segundo, la abreviación de plazos y simplificación de requisitos establecidos en el parágrafo primero del presente artículo sólo se aplicará durante la vigencia de la emergencia sanitaria, indica el acuerdo que fue transmitido por el canal televisivo Bolivia Tv.

El Periódico Digital OXIGENO.BO, es desarrollado y administrado por Gen Film & Crossmedia Ltda. Teléfono: 591-2-2445455. Correo: info@gen.com.bo