Recurso
César Sánchez
16/12/2019 - 17:51

Piérola presenta recurso de inconstitucionalidad para acabar con el procesamiento en rebeldía

Piérola pide que se declara la inconstitucionalidad de algunos artículos y disposiciones de la “Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas ‘Marcelo Quiroga Santa Cruz’"

La diputada Norma Piérola presentó, la tarde de este lunes, un recurso de inconstitucionalidad abstracta contra algunos artículos y disposiciones de la “Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas ‘Marcelo Quiroga Santa Cruz’" y así acabar con la figura del procesamiento en rebeldía.

Piérola, en rueda de prensa, explicó que en el país tiene que “cesar el procesamiento en rebeldía” y la ley ‘Marcelo Quiroga Santa Cruz’ tiene que modificarse acorde a la Constitución Política del Estado.

En suma, el pedido de Piérola es la inconstitucionalidad del artículo 36 de la Ley ‘Marcelo Quiroga Santa Cruz’ en lo que respecta a la inclusión de los artículos 91 Bis y 344 Bis en el Código de Procesamiento Penal.

Según la Ley, el artículo 91 Bis que se incluyó al Código Penal se refiere a la “Prosecución del Juicio en Rebeldía” e indica de forma textual que “Cuando se declare la rebeldía de un imputado dentro del proceso penal por los delitos establecidos en los Artículos 24, 25 y siguientes de la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas, el proceso no se suspenderá con respecto del rebelde. El Estado designará un defensor de oficio y el imputado será juzgado en rebeldía, juntamente con los demás imputados presentes”.

Entretanto que el artículo Bis 344 se refiere al “Procedimiento de Juicio Oral en Rebeldía por Delitos de Corrupción” y señala que “en caso de constatarse la incomparecencia del imputado por delitos de corrupción, se lo declarará rebelde y se señalará nuevo día de audiencia de juicio oral para su celebración en su ausencia, con la participación de su defensor de oficio, en este caso, se notificará al rebelde con esta resolución mediante edictos”.

Para Piérola, ambos artículos contradicen a la Constitución Política del Estado y va en contra del estado de derecho.

Además, argumenta que los mencionados decretos de la Ley vulneran el derecho a la igualdad procesal que tienen los ciudadanos bolivianos en su condición de imputados.

Además, Piérola también objeta la constitucionalidad de la disposición final primera de la Ley ‘Marcelo Quiroga Santa Cruz’, que señala que “Las acciones de investigación y juzgamiento de delitos permanentes de corrupción y vinculados a ésta deben ser aplicados por las autoridades competentes en el marco del Artículo 123 de la Constitución Política del Estado”.

Precisamente, el artículo 123 de la Constitución señala que “la ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto en materia laboral, cuando lo determine expresamente a favor de las trabajadoras y de los trabajadores; en materia penal, cuando beneficie a la imputada o al imputado; en materia de corrupción, para investigar, procesar y sancionar los delitos cometidos por servidores públicos contra los intereses del Estado; y en el resto de los casos señalados por la Constitución”.

“Esta Ley (Marcelo Quiroga Santa Cruz) no puede seguir procesando a miles de bolivianos que se han visto obligados a salir (del país) por la judicialización de la política y la politización de la justicia. Es momento que la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz sea modificada acorde a lo que dice la Constitución”, insistió la legisladora.

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