Elecciones 2019
César Sánchez
10/07/2019 - 12:17

Juez se declara incompetente para tratar la denuncia electoral contra Morales

El pasado 18 de junio, Morales ofreció obras a cambio de votos en el municipio de Morochata.

El presidente Morales en Morochata.

El juez electoral de Morochata, Omar Blanco, afirmó que “no está dentro de su competencia” conocer la denuncia y definir —si el caso amerita— una sanción al presidente, Evo Morales, por haber ofrecido obras a cambio de votos en un acto público el pasado 18 de junio.

Blanco declaró al diario Los Tiempos que ya emitió la resolución de incompetencia a instancias del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pero no reveló los argumentos de su determinación.

El TSE remitió un informe del caso al juez Blanco considerando que él debe ser quien administre el caso toda vez que las declaraciones del presidente fueron emitidas en su jurisdicción.

El hecho sucedió el pasado 18 de junio. Ese día, durante la entrega de 17 baterías de atajados para riego en el sector de Yayani, municipio de Morochata, en el departamento de Cochabamba, Morales señaló que si ese lugar le garantizaba el 100% de los votos en las elecciones de octubre les daría “lo que ellos pidan” el 2020.

“Si me garantizan el 100% (de los votos) lo que ustedes quieren el próximo año”, fue el mensaje que Morales dejó antes de finalizar su discurso.

Ante las críticas que generó su comentario, días después Morales señaló que lo que hizo fue lanzar un “desafío con espíritu deportivo y bromista” y aseveró que si ello fue malinterpretado “pido disculpas”.

“En las entregas de obras compartimos reflexiones y esperanzas con nuestro pueblo. A veces contamos anécdotas para animarnos y tener un momento de alegría. Si mi desafío con espíritu deportivo y bromista para lograr 100% de votación en Morochata fue malinterpretado, pido disculpas”, señaló Morales a través de su cuenta de Twitter.

Después el Tribunal Supremo Electoral (TSE) señaló que identificó una “posible falta electoral” en los dichos de Morales y remitió el caso a un juez electoral.

El artículo 235 de la Ley de Régimen Electoral establece que las sanciones por faltas electorales serán establecidas por el Tribunal Supremo Electoral en reglamento, y aplicadas por los jueces electorales. Las sanciones podrán consistir en multas pecuniarias, arresto o trabajo social.

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