Reelección
César Sánchez
20/02/2019 - 16:42

Magistrado del TCP pide procesar al juez que admitió y rechazó la acción contra la reelección de Evo

“En este caso, el juez desinformado se puso a expensas de que se le inicie no solamente un proceso disciplinario por el Consejo de la Magistratura, sino a un proceso penal", señaló Orlando Ceballos, magistrado del TCP.

El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Orlando Ceballos, pidió hoy procesar disciplinariamente y penalmente al juez Alberto Zeballos, que admitió y luego rechazó la acción contra la repostulación del presidente Evo Morales.

“En este caso, el juez desinformado se puso a expensas de que se le inicie no solamente un proceso disciplinario por el Consejo de la Magistratura, sino a un proceso penal por resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes e incumplimiento de deberes”, aseguró Ceballos, según reportó Correo del Sur.

El Magistrado del TCP explicó que el auto inicial de admisión emitido por Zeballos estaba sustentado en artículos de la Ley del TCP que fueron derogados por el Código Procesal Constitucional (CPC) y “al parecer después se dio cuenta e intentó subsanar su error emitiendo otro auto contrario a su decisión inicial”, añade el mencionado medio.

Añadió que el Juez, al aceptar la acción,  también omitió lo que establece el CPC de que no se puede admitir ningún tipo de acción de defensa en los casos relacionados a hechos que adquirieron la calidad de cosa juzgada constitucional, como es el caso de la sentencia que habilita la figura de la reelección indefinida en el país.

El lunes, Zeballos declaró improcedente la acción de cumplimiento presentada por activistas del 21F, para exigir al presidente Evo Morales y a los vocales del Tribunal Constitucional Plurinacional que cumplan con el mandato emanado del voto del 21 de febrero de 2016, donde se dijo No a la reforma constitucional para permitir una nueva postulación del binomio Evo-Álvaro.

Según el documento hecho público hoy, el juez cruceño consideró cosa juzgada a través de la sentencia constitucional 084/2017, que habilita al binomio oficialista y a otras autoridades para ser candidato en 2019 o cualquier reelección por más de dos periodos continuos.

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