Demanda
César Sánchez
08/10/2018 - 15:53

Goni contrademandó a las víctimas de ‘octubre negro’ por daños y perjuicios

Goni pide resarcimiento por los gastos que implicó su defensa. Así lo reveló el presidente de la Asociación de Víctimas de Octubre, Patricio Quispe, a medios estatales.

El expresidente Sanchez de Lozada reside en EEUU.

El expresidente de Bolivia, Gonzalo Sánchez de Lozada, presentó una contrademanda en contra de los familiares de las víctimas de ‘octubre negro’ por daños y perjuicios, reveló hoy el presidente de la Asociación de Víctimas de Octubre, Patricio Quispe a medios estatales.

“Como el juez determinó que no tenían responsabilidad (por la Masacre de Octubre) ellos exploraron la posibilidad de cómo demandarnos y contrademandaron en la corte de la Florida por gastos judiciales", aseguró Quispe.

El dato también fue dado a conocer por el presidente de la Federación de Juntas Vecinales de El Alto, Sandro Ramírez. Aún se desconoce cuánto es el monto demandando por Goni respecto a este caso.

Ante este panorama, el sábado el abogado de las víctimas, Thomas Becker, llegó a La Paz para reunirse con los integrantes de la asociación.

“Lo que nos indica es que no debemos preocuparnos mucho porque aún estamos en la etapa de apelación, por lo que el juicio contra Goni no está perdido”, explicó Quispe.

Cabe recordar que nueves familiares de las víctimas de ‘octubre negro’ demandaron ante una corte de Estados Unidos al expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada y a su entonces ministro de Defensa José Carlos Sánchez Berzaín, por los delitos de crímenes de lesa humanidad y masacre de civiles desarmados.

Aunque en primera instancia el jurado de la Corte de Florida había determinado que Goni es culpable y lo conminó a pagar 10 millones de dólares a los familiares de las víctimas, días después el juez James Cohn revirtió la decisión y sentenció que no hubo responsabilidad del expresidente en el caso.

El juez tomó la decisión  con base en la denominada Regla 50, que permite a un juez anular un caso cuando la evidencia es insuficiente para poder sustentar una decisión razonable del jurado en favor de los demandantes.

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