TSE
César Sánchez
30/08/2018 - 10:49

Elecciones primarias: el TSE dice que es ‘viable’ realizarlas el 2019, pero recomienda que se apliquen el 2024

“La administración y organización de elecciones primarias para el mes de enero de 2019 es técnicamente viable. Empero, (el Órgano Electoral) considera que en términos del actual proceso político, es deseable que su implementación sea progresiva”, señala el comunicado del TSE.

El Tribunal Supremo Electoral analizó en sala plena las modificaciones hechas por la Cámara de Diputados.

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) envió hoy al presidente del senado, Milton Barón, una nota en la que hace conocer sus observaciones a 20 artículos y las disposiciones transitorias del Proyecto de Ley de las Organizaciones Sociales.

Entre ellos, está observado el polémico artículo 29, que establece la aplicación de elecciones primarias en el país a partir del 2019, además de la disposición transitoria referida a sus tiempos de aplicación.

Mediante un comunicado público, el TSE señala que es viable realizar las elecciones primarias el 2019 – como desea el Movimiento al Socialismo (MAS)- pero recomienda que se apliquen recién desde el 2024 para que “las organizaciones políticas definan de manera facultativa su realización hasta las elecciones generales 2024”

“La administración y organización de elecciones primarias para el mes de enero de 2019 es técnicamente viable. Empero, (el Órgano Electoral) considera que en términos del actual proceso político, es deseable que su implementación sea progresiva, abriendo la opción de que las organizaciones políticas definan de manera facultativa su realización hasta las elecciones generales 2024”, señala el comunicado.

Asimismo, el documento detalla que específicamente los artículos observados al Proyecto de Ley de Organizaciones Sociales son los referidos a la fiscalización (artículo 7°, Título IV y artículo 82); al mandato fijo de autoridades electas (artículo 9°); la referencia a la democracia representativa respecto a las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos (artículo 11°); los porcentajes para obtener personería jurídica en los municipios con menor cantidad de concejales (artículo 13°); el acceso en modalidad de consulta personal al padrón de militantes (artículo 14°); la denominación del régimen de género (artículo 17°);y  la garantía para evitar la candidatura de personas con antecedentes de acoso y violencia política (artículo 28°).

Asimismo, el TSE observa el discutido artículo 29 referido a la elección de candidaturas del binomio presidencial.

También observa el mandato del OEP para la supervisión y acompañamiento en los procesos de democracia interna (artículo 30°); la conformación de alianzas (artículo 49°); una causal para la cancelación de personería jurídica (artículo 58°); el ‘nomen juris’ en relación al mandato de las autoridades electas (artículo 60°); la disposición de los bienes de las organizaciones políticas (artículo 63°); el tope a los aportes en el presupuesto anual de las organizaciones políticas (artículo 71°); el  fortalecimiento público en elecciones subnacionales (artículo 73°); el mandato para el acompañamiento a la rendición de cuentas interna (artículo 88°); el carácter de las resoluciones emitidas por el TSE (artículo 93°); las precisiones en relación a infracciones graves sobre violencia contra la mujer y sobre sentencia ejecutoriada en materia legal (artículo 201°); y sobre la redacción en el compilado de resoluciones del TSE (artículo 105°).

“Tras haber conocido las modificaciones realizadas en la Cámara de Diputados, el TSE efectuó un análisis comparado entre el Proyecto enviado a la Asamblea. Como resultado de ese análisis técnico-legal, la Sala Plena, en sesión ordinaria de este miércoles, resolvió enviar observaciones puntuales para su consideración en el proceso de aprobación y sanción de la Ley, en consideración al precepto constitucional de coordinación y cooperación entre órganos del poder público”, señala el comunicado.

Y añade que “el Órgano Electoral Plurinacional reitera su convicción y compromiso institucional con la necesidad de una Ley de Organizaciones Políticas que, bajo los principios de inclusión, diversidad y pluralismo, contribuya a profundizar la calidad de la representación política en el país, en especial con la democratización interna de las organizaciones políticas, en el horizonte asumido de una democracia intercultural y paritaria”.

Desde el Movimiento al Socialismo, no obstante, están seguros que las elecciones primarias pueden desarrollarse en enero del próximo año. De hecho, la norma – ya aprobada por la Cámara de Diputados- ya fue aceptada por la Comisión de Constitución del Senado y hoy será debatida en Sala Plena.

Estas son las observaciones que envió el TSE al Senado:

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