Andrés Guzmán: Greenwood planteó una pregunta capciosa e intencionada que se debe aprovechar
¿En qué fecha mantiene Bolivia el que se concluyó un acuerdo respecto de la negociación relativa al acceso soberano?", planteó Greenwood en la última etapa de la sesión en la que Bolivia presentó sus alegatos para pedir que el Tribunal Internacional de Justicia defina que se va a declarar competente para resolver la demanda marítima presentada por el Estado Plurinacional de Bolivia.
La Paz, 06 de mayo (Oxígeno).- Andrés Guzmán Escobari, experto en derecho internacional, percibe una “doble intencionalidad” en la pregunta que Christopher Greenwood, juez de la Corte Internacional de Justicia, planteó al equipo boliviano en La Haya con el aparente objetivo de averiguar en qué fecha se celebró el acuerdo que genera la obligación de Chile de negociar una salida al mar.
¿En qué fecha mantiene Bolivia el que se concluyó un acuerdo respecto de la negociación relativa al acceso soberano?", planteó Greenwood en la última etapa de la sesión en la que Bolivia presentó sus alegatos para pedir que el Tribunal Internacional de Justicia defina que se va a declarar competente para resolver la demanda marítima presentada por el Estado Plurinacional de Bolivia.
Antes de dar a conocer una posición clara sobre el tema, el experto boliviano dice que “la pregunta es ambigua y claramente capciosa, es decir que hay una doble intencionalidad”, lo que debe ser aprovechado por el equipo boliviano en La Haya el viernes, cuando tiene que responder.
“La pregunta parece estar direccionada a confundir lo que son las obligaciones convencionales (que emanan de los acuerdos escritos o tratados) y las obligaciones no convencionales (que emanan de los actos unilaterales, a pregunta asume que existe un acuerdo y por eso Bolivia reclama, pero al parecer puede no existir un acuerdo y también una obligación no convencional”, dice Guzmán Escobari.
El especialista explica que los compromisos de Chile se diferencian entre los convencionales (notas de 1950, Acta de Charaña, nota de 1975) y los no convencionales que son los actos en los que Chile reconoció la existencia de un asunto no resuelto (como el Memorándum Trucco de 1961)
Desde el punto de vista del experto, la respuesta sería 20 de junio de 1950, pues en esa ocasión el Canciller de Chile “aceptó ingresar en una negociación para llegar a un acuerdo que pueda hacer posible darle a Bolivia una salida soberana al mar, y eso es precisamente lo que solicita nuestra demanda”.