Christian Rojas
24/12/2014 - 13:20

Magistrados liquidadores seguirán el caso Misiles Chinos tras la excusa de los titulares

Según  un documento al que accedió el periódico digital Oxígeno.bo., el 22 de diciembre los tribunos Norka  Mercado, Maritza Suntura  y Pastor Segundo quedan exentos del juicio de responsabilidades instaurado contra Marcelo Antezana, Gonzalo Rocabado, Marco Antonio Justiniano  y otros.

Foto de archivo

La Paz, 24 de diciembre (Oxígeno).- La  Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)  aceptó en las últimas horas que tres magistrados que siguen el denominado caso “Misiles Chinos” se excusen del proceso porque ya conocieron el juicio, por lo que se apartarán del caso como establece el Art: 316 del Código  de Procedimiento Penal. Por ese motivo, el caso será llevado adelante por los magistrados liquidadores.

Según un documento al que accedió el periódico digital Oxígeno.bo., de fecha 22 de diciembre, los magistrados Norka Mercado, Maritza Suntura y Pastor Segundo quedan exentos de conocer el juicio de responsabilidades instaurado contra Marcelo Antezana, Gonzalo Rocabado, Marco Antonio Justiniano  y otros.

“La  Sala Penal del Tribunal de Justicia del Estado plurinacional de Bolivia, de conformidad al Art: 318 parágrafo III del Código de Procedimiento Penal modificado  por Ley No 586, de Descongestionamiento  y Efectivización del Sistema Procesal, acepta la excusa de los magistrados”, dice la resolución.

Sin embargo, la excusa expuesta por los tres tribunos no da lugar a la suspensión del juicio que se reiniciará el 5 de enero del próximo año.

Según la magistrada Maritza Suntura, su autoridad y los otros magistrados llegaron a conocer la etapa preparatoria y la conclusiva del proceso, por lo que aseguró que los magistrados liquidadores son quienes deberán reemplazarlos.

“Entonces sí o sí nosotros estamos en la obligación de apartarnos del caso. La  Sala Plena convocará a los suplentes”, indicó. Los tribunos del TSJ que continuaran con el caso “Misiles Chinos” son: Elisa Sánchez, Delfín Betancourt e Iván Lima.

El Artículo 316 del Código de Procedimiento Penal, numeral 1 dice que la escusa se da por: “Haber intervenido en el mismo proceso como juez, fiscal, abogado, mandatario, denunciante, querellante, perito o testigo”.

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