Imputación
César Sánchez
12/09/2018 - 09:40

La Fiscalía imputa formalmente a médico que extirpó un riñón sano a Sebastián

La Fiscalía también citó al personal médico y de apoyo del Hospital Oncológico que participó en la cirugía al niño de tres años para que preste sus declaraciones.

El médico operó a Sebastian en el Hospital Oncológico de Santa Cruz.

El fiscal de materia de Santa Cruz, José Parra, informó el martes por la noche que la comisión de fiscales asignada a la investigación sobre el caso Sebastián, el niño de 3 años al que le extirparon un riñón sano, determinó la imputación formal contra el médico Róger M., principal acusado de la presunta mala praxis.

"La comisión de fiscales ha presentado una imputación formal contra el doctor Roger M. ante la señora juez que ejerce la parte jurisdiccional solicitándole que señale día y hora para la audiencia cautelar", dijo en entrevista con el canal estatal Bolivia TV.

El cirujano se acogió al derecho del silencio y se encuentra en calidad de aprehendido internado en el Hospital Obrero, después de sufrir un pre infarto.

Parra aseguró que en la audiencia cautelar el Ministerio Público fundamentará las acusaciones que pesan sobre el galeno y ratificó que se notificó al personal médico y de apoyo del Hospital Oncológico que participó en la cirugía para que preste sus declaraciones ante la comisión de fiscales.

"Ellos ya han sido notificados y deben presentarse a partir de mañana, miércoles en la tarde en calidad de denunciados", añadió.

 Parra remarcó que el médico, que se recupera en la sala de reposo del mencionado nosocomio, se encuentra con escolta policial por su condición jurídica. El error médico conmovió a Bolivia, ocho meses después que los galenos se movilizaran en oposición a una norma que sancionaba la mala praxis médica.

ESTE ARTÍCULO DESCRIBE UN PROCESO JUDICIAL EN CURSO
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 6 del Código de Procedimiento Penal-Ley 1970)

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