“El pedido de la oposición: dos tercios de votos en la Asamblea Legislativa para aprobar una ley, es completamente inconsistente, la generalidad de leyes, por mandato del Art. 163 de la Constitución Política del Estado, son aprobadas por mayoría absoluta y las excepciones se encuentran protegidas por mandato constitucional Desde 2009 a la fecha, no existe modificación alguna que haya expulsado el requisito de 2/3 del ordenamiento jurídico (sic)”, señaló el Ministro de Justicia.