Elecciones
César Sánchez
20/10/2020 - 10:19

Certificado de sufragio no es obligatorio para mayores de 60 años

El vocal del Tribunal Supremo Electoral, Francisco Vargas, aclaró que para esta elección desarrollada durante la pandemia, a diferencia de otros procesos electorales, los adultos mayores de 60 años quedaron exentos de votar este 18 de octubre como una medida para cuidar su salud.

Las personas mayores de 60 años no están obligadas a presentar el certificado de sufragio para ser atendidas en las entidades financieras y las instituciones tampoco deberán exigirles este documento.

El vocal del Tribunal Supremo Electoral, Francisco Vargas, aclaró que para esta elección desarrollada durante la pandemia, a diferencia de otros procesos electorales, los adultos mayores de 60 años quedaron exentos de votar este 18 de octubre como una medida para cuidar su salud.

Certificado de impedimento

Los ciudadanos que por motivos de fuerza mayor o caso fortuito no hayan podido votar el domingo podrán tramitar el certificado de impedimento de sufragio en las oficinas de los Tribunales Electorales Departamentales (TED) del país para evitar sanciones.

Este certificado es el documento público aprobado por el TSE, que constata que la persona, habiendo estado habilitada para votar y que no lo hizo por razones de fuerza mayor, como el caso de las personas en tránsito.

Los requisitos para los votantes varados en cualquier ciudad son la cédula de identidad y el boleto de viaje. El trámite es presencial y debe ser documentado.

Los ciudadanos que no sufragaron serán multados con Bs 212,2 y en caso no cancelar el monto, quedarán impedidos — por 90 días (tres meses) — para acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios y obtener pasaporte.

// Periódico Bolivia

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