Elecciones
César Sánchez
26/11/2019 - 19:19

Comisión Mixta aprueba el reglamento y convocatoria para elegir a vocales del TSE y lo remite al pleno de la ALP

El jueves se debatirían en el pleno de la Asamblea Legislativa, un día después se publicarán los requisitos para que los profesionales se postulen.

Comisión Mixta de Constitución de la ALP.

La Comisión Mixta de Constitución de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó el martes el reglamento y la convocatoria para elegir a los nuevos vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y remitió el documento al pleno de la ALP para su respectivo debate.

"Nuevamente se ha logrado consenso para aprobar por unanimidad el reglamento de convocatoria para la postulación a vocales del Tribunal Supremo Electoral, es un paso muy importante que nos viabiliza la promulgación de la ley que llama a las elecciones", dijo el senador de Unidad Demócrata (UD), Oscar Ortiz.

Anunció que el jueves se debatirán el reglamento y la convocatoria en el pleno de la Asamblea Legislativa para su aprobación, un día después se publicarán los requisitos para que los profesionales se postulen.

Entre los requisitos aprobados figuran:

  1. Haber cumplido 30 años al momento de su postulación y contar con nacionalidad boliviana
  2. Haber cumplido con los deberes militares (solo varones)
  3. No tener pliego de cargo ejecutoriado pendiente de cumplimiento
  4. No tener sentencia condenatoria ejecutoriada, pendiente de cumplimiento, incluyendo aquellas relativas a las Leyes N° 348, Ley Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia y N° 243 contra el acoso y violencia política hacia las mujeres
  5. No tener proceso penal por violencia contra la mujer, violencia contra niñas, niños o adolescentes, trata y tráfico de personas, violación ni delitos vinculados con corrupción, narcotráfico o delitos contra la unidad del Estado, con imputación formal que comprometan la ética y la probidad de la o del postulante
  6. Estar inscrito en el Padrón Electoral
  7. Tener título profesional con una antigüedad no menor a los cinco (5) años.
  8. No tener militancia en ninguna organización política en los últimos diez (10) años
  9. No haber sido dirigente o candidato de ninguna organización política en los cinco (5) años anteriores a la fecha de designación
  10. No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con ninguna funcionaria o funcionario del mismo Tribunal, con el Presidente o la Presidenta y Vicepresidente o Vicepresidenta del Estado Plurinacional, Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, Magistradas y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Constitucional Plurinacional, del Tribunal Agroambiental y miembros del Consejo de la Magistratura, ni Gobernadores o dirigentes nacionales de organizaciones políticas
  11. Renunciar de manera expresa y pública a la membresía en cualquier logia
  12. Renunciar de manera expresa y pública a la condición de dirigente o autoridad ejecutiva de cualquier asociación, cooperativa, institución u organización empresarial, social o cívica que por su naturaleza e intereses pueda influir en el libre ejercicio de sus funciones electorales
  13. No podrán postularse autoridades electas y aquellos servidores públicos designados en los cargos de Ministras o Ministros, Viceministras o Viceministros, Secretarias o Secretarios de Gobiernos Autónomos Departamentales y Oficiales Mayores de Gobiernos Autónomos Municipales, o cargos equivalentes, que no hayan renunciado al menos tres meses antes al día de la postulación
  14. No podrán postularse quienes sean miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Boliviana en servicio activo que no hayan renunciado al menos tres meses antes al día de la postulación
  15. No haber convocado, organizado, dirigido, supervisado, administrado o ejecutado algún proceso electoral o referendo, de alcance nacional, departamental, regional o municipal, que haya sido realizado al margen de la ley
  16. No haber impedido, obstaculizado, resistido o rehusado a administrar un proceso electoral o referendo, de alcance nacional, departamental, regional o municipal, que haya sido convocado con apego a la ley

Mira la convocatoria completa a la que tuvo acceso el diario Opinión:

Reglamento Tribunal Supremo Electoral by Césarbd Sánchez Carranza on Scribd

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