Reelección
César Sánchez
28/08/2018 - 17:35

Montaño responde al TSE sobre la repostulación: “Tiene que aplicar la sentencia constitucional y punto”

En entrevista con la radio Erbol, Montaño señaló que el TSE no tiene la facultad de interpretar una sentencia constitucional y aseveró que Morales está habilitado para ir a la reelección.

La presidenta de Diputados, Gabriela Montaño.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, respondió al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y le señaló que su trabajo es aplicar la sentencia constitucional que habilita al presidente Evo Morales a la respostulación.

Ayer,  el vocal del TSE, Antonio Costas, reiteró que los resultados del referendo 21F son vinculantes y están vigentes y reiteró la misma posición esta mañana. Al respecto, Montaño, en entrevista con Erbol, aseveró que el Vocal del TSE no tiene la facultad de interpretar una sentencia constitucional, sino que debe aplicarla “y punto”.

“El vocal Costas no tiene la responsabilidad de interpretar la Constitución ni de interpretar una sentencia constitucional, tiene que aplicar una sentencia constitucional y punto”, dijo Montaño en entrevista con Erbol.

La presidenta de diputados aseguró que la candidatura de Morales no está en duda porque existe una sentencia del Tribunal Constitucional, que así lo dispone.

“La Asamblea Legislativa ha sido respetuosa del resultado del referéndum y no prosiguió la modificación parcial de la Constitución. La vía de la sentencia constitucional es otra vía, separada, que no tiene nada que ver con el resultado del 21F, y eso espero lo tenga claro el vocal Costas”, declaró Montaño.

Esta mañana, en conferencia de prensa, la presidenta del TSE, Katia Uriona, señaló que la instancia electoral se pronunciará respecto a la habilitación o no de Morales- y todos los postulantes- en noviembre o diciembre de este año, si es que se llega a confirmar que se aplicarán las elecciones primarias en enero del 2019. Caso contrario lo hará a mitades del próximo año.

El TSE, en ese sentido, señaló que tanto los resultados del 21- F como la sentencia del TCP son vinculantes, por lo que deberán analizar que corresponde realizar en esa situación.

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