Elecciones Judiciales
César Sánchez
13/11/2017 - 17:53

Presidenta del TSE insinúa que campañas por el voto nulo no serán sancionadas

El 2 de septiembre, el OEP emitió un comunicado en el que se indica que las expresiones públicas sobre el proceso electoral y las preferencias de voto, incluyendo el nulo y el blanco, no suponen sanción, siempre que no provengan de un candidato.

La presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Katia Uriona.

La presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Katia Uriona, insinuó hoy que las campañas por el voto nulo en las próximas Elecciones Judiciales del próximo 3 de diciembre no serán sancionadas.

Aunque no emitió una información clara al respecto, en contacto con la prensa, señaló que “toda acción de la población en términos de su expresión libre está permitida en el marco de la libertad de expresión” y, en ese sentido, señaló que serán sancionadas todas las acciones que estén prohibidas en el reglamento de difusión de méritos judiciales.

El reglamento aprobado por el TSE únicamente establece prohibiciones para los y las candidatos/as y los medios de comunicación y no así para la población en general. Es decir que la campaña por el voto nulo no está contemplada dentro de las prohibiciones para las siguientes elecciones judiciales, siempre y cuando no sean realizadas por candidatos o medios de comunicación.

“Cualquier vulneración al reglamento respecto a la prohibición de campaña será analizada en la instancia que corresponda, se analizarán todos los hechos que vulneren el reglamento”, señaló.

En esa línea, el reglamento prohíbe a los candidatos el solicitar el voto por su candidatura u otras, ya sea a través de propaganda en medios o mediante campaña electoral; emitir opinión en contra de otros candidatos o candidatas por cualquier medio o espacio; dirigir o conducir programas radiofónicos o televisivos o mantener espacios informativos o de opinión en medios de comunicación; y contratar espacios pagados en medios de comunicación radiofónicos, televisivos, escritos o digitales para la promoción de su candidatura.

En cambio, a los medios de comunicación se les prohíbe el solicitar el voto ciudadano para alguna candidatura o candidaturas en cualquiera de sus espacios; difundir resultados de estudios de opinión en materia electoral que hubiesen sido realizados fuera del plazo establecido, sin cumplir los requisitos técnicos o por empresas o instituciones no habilitadas para el efecto; y aceptar contratos con la finalidad de difundir méritos de las candidatas y los candidatos, a excepción de los efectuados por el Órgano Electoral Plurinacional.

Aun así, Uriona señaló que se analizará en sala plena si corresponde una sanción a quienes realizan campaña por el voto nulo a tiempo de informar que, hasta hoy, existen 25 denuncias en contra de candidatos a las elecciones judiciales por hacer campaña.

Cabe recordar que ya el pasado 2 de septiembre, el Órgano Electoral Plurinacional emitió un comunicado en el que se indica que "en pleno apego al derecho constitucional a la información y al principio de libertad de expresión, recuerda que las expresiones públicas sobre el proceso electoral y las preferencias de voto, incluyendo el nulo y el blanco, son válidas, legítimas y no suponen sanción, toda vez que constituyen parte fundamental de la vida y fortaleza democrática de nuestro país" y que la restricción de la solicitud de voto únicamente se aplica para los candidatos a las elecciones.

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