Armando Q.
11/06/2014 - 01:16

Activan juicio de responsabilidades para tres magistrados del TC por fallo contra Ley del Notario

De acuerdo a documentos de la denuncia obtenidos por el periódico digital Oxígeno.bo, los magistrados del Tribunal Constitucional, Gualberto Cusi, Soraida Chanez y Mónica Velásquez, deben prestar declaraciones informativas ante el Comité de Ministerio Público de la Cámara de Diputados este 12 de junio en Sucre. 

Un notario de fe pública (Foto: Internet)

La Paz, 10 de junio (Oxígeno).- La presidenta de la Asociación de Notarios de Potosí, Norka Soto y la titular del Tribunal de Honor de la Asociación del Notariado Boliviano, Geovanna Udaeta España, activaron un proceso de  juicio de responsabilidades contra Gualberto Cusi, Soraida Chanez y Mónica Velásquez, magistrados del Tribunal Constitucional (TC), por emitir el Auto Constitucional 0106/2014-CA del 13 de marzo de 2014 que puso en suspenso la aplicación de la Ley Notariado Plurinacional.

De acuerdo a documentos de la denuncia obtenidos por el periódico digital Oxígeno.bo, los tres magistrados, miembros de la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional que dieron luz verde a un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Notario, fueron acusados de cometer los delitos de incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a las leyes y prevaricato.

La denuncia fue hecha ante la Asamblea Legislativa en el marco de la Ley 044 que regula los procesos a las altas autoridades del Órgano Ejecutivo del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura, Tribunal Constitucional Plurinacional y del Ministerio Público.

De acuerdo al parágrafo I del Artículo 26 de la Ley 044, toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito en el que hubieran participado autoridades judiciales en el ejercicio de sus funciones “podrá denunciarlo ante la Presidenta o Presidente de la Cámara de Diputados, quien remitirá ante la Presidenta o Presidente de la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Cámara de Diputados”.

Es así que el 4 de junio, Norka Soto y Geovanna Udaeta España, presentaron ante la presidencia de la Cámara de Diputados la denuncia contra Cusi, Chanez y Velásquez.

Un día después, el caso fue remitido ante la Comisión de Justicia Plural y el 6 de junio los miembros del Comité de Ministerio Público y Defensa Legal del Estado —Wilfredo Calani, Julia Figueredo y Norma Piérola– amparados en la ley 044 decidieron que la causa prosiga.

Asimismo, Calani, Figueredo y Piérola definieron, el 9 de junio, la convocatoria a los tres magistrados para que presenten una declaración informativa por los delitos que se les acusa.

Ante la decisión de los legisladores, las tres autoridades judiciales deben presentarse el 12 de junio en las oficinas de la brigada parlamentaria de Chuquisaca desde las 09.00.

“Se deja constancia que ante la incomparecencia injustificada del legalmente notificado (a), se procederá conforme a la Ley 044 y el Código de Procedimiento Penal”, cita parte de una disposición firmada el 09 de junio por Calani, Figueredo y Piérola.

Antecedentes

La polémica por la suspensión de la Ley del Notariado data desde febrero de 2014, cuando el diputado por la alianza opositora Convergencia Nacional (CN), Juan Luis Gantier, presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la normativa.

El legislador chuquisaqueño indicó que la ley limita las atribuciones del Consejo de la Magistratura en el nombramiento de notarios, sobre todo, en la calificación. Asimismo, indicó que la normativa también da atribuciones a los notarios para resolver divorcios sustituyendo a los juzgados.

Este recurso fue admitido por el Tribunal Constitucional Plurinacional el 13 de marzo de 2014, hecho que puso en emergencia a la Asamblea Legislativa Plurinacional y que obligó a que autoridades de la Cámara de Diputados y Senadores anuncien acciones con el argumento de que la decisión del TC creó vacío jurídico al suspender Ley del Notariado y “dejó en el limbo las relaciones jurídicas”.

El 22 de mayo de 2014, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante Auto Constitucional Plurinacional 027/214 – CA - ECA/S, enmendó de oficio la parte resolutiva del Auto constitucional 016/2014 CA de 13 marzo, que dentro de una medida cautelar suspendía el efecto de la Ley del Notariado Plurinacional.

Con este fallo permitió que no se suspenda la aplicación de toda la normativa, sino sólo se permita la abstención para designar al Director o Directora Interina de la Dirección de Notariado, la inhibición de transferencia de archivos y documentos del Consejo de la Magistratura a la Dirección del Notariado Plurinacional y la suspensión de la elaboración del Reglamento a la ley del Notariado.

 Además, la resolución aclara que los actos notariales efectuados por los notarios en aplicación a la Ley del Notariado son plenamente válidos y surten efectos legales reconocidos por dicha ley.

Sin embargo, Norka Soto y Geovanna Udaeta España argumentan, en los documentos presentados ante la Cámara de Diputados, que “al margen de los efectos generados a la vulneración de la seguridad jurídica, es necesario resaltar que la enmienda de oficio respecto de limitar los efectos de la suspensión de la Ley del Notariado no exime de la responsabilidad penal por la afectación cometida , toda vez que la consumación del delito de resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes se constituye en un delito instantáneo y no permanente”.

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