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Arturo Yáñez Cortes
18/06/2018 - 12:58

¿Fracaso del derecho penal plurinacional?

Entre las múltiples reflexiones que me genera el disfrute de la última obra del gurú del garantismo, el florentino Luigi Ferrajoli: “El Paradigma Garantista” (Editorial Trotta, Madrid, 2018), me cuestiona aquella que al referirse al Derecho Penal como sistema de garantías, sostiene que éste encuentra justificación como alternativa a la guerra, esto es como instrumento para la minimización de la violencia y arbitrariedad, para impedir que los ciudadanos recurran a la violencia, hacer justicia por la propia mano o la justicia sumaria.

Entre las múltiples reflexiones que me genera el disfrute de la última obra del gurú del garantismo, el florentino Luigi Ferrajoli: “El Paradigma Garantista” (Editorial Trotta, Madrid, 2018), me cuestiona aquella que al referirse al Derecho Penal como sistema de garantías, sostiene que éste encuentra justificación como alternativa a la guerra, esto es como instrumento para la minimización de la violencia y arbitrariedad, para impedir que los ciudadanos recurran a la violencia, hacer justicia por la propia mano o la justicia sumaria. El Maestro concibe al Derecho Penal mínimo como la ley del más débil, frente a la ley del más fuerte que regiría en su ausencia: la que garantiza al más débil que en el momento del delito es la víctima, en el momento del proceso es el imputado y en el de la ejecución penal es el condenado.

Así el estado del arte, resulta imposible indagar (nos) si en el plurinacional boliviano, nuestro Derecho Penal está fracasando, demostrablemente. Considero útil para responder, considerar que en estos largos años de ejercicio del régimen (12 años), el sistema penal ha sufrido importantes cambios signados por un lado, por una serie de reformas normativas –contra reformas, en realidad- introducidas por varias leyes: la 04 de “lucha contra la corrupción”; la 07; la 586 y varias otras, además por supuesto de la nueva CPE que en la materia, introdujo la madre de todas las arbitrariedades: la retroactividad de la ley penal (en perjuicio) y, por otro, por una organización o diseño institucional caracterizado por la “elección” de altos cargos, la destrucción de las incipientes carreras judiciales y fiscales a través del prácticamente libre nombramiento de afines al régimen, la destitución sumaria de los reacios a acatar las órdenes del jefazo y sus operadores, la absoluta incapacidad de los tribunales “de garantías” para reparar los abusos cuando se trata de los cometidos por el régimen y otros nefastos procederes, que sólo han producido el linchamiento de lo esencial de los jueces y fiscales: su independencia y objetividad.

la menor posibilidad aquí de agotar el análisis, sostengo que el panorama brevemente antes descrito, puede caracterizarse en el ámbito normativo por la inútil aplicación de la fórmula de mayores delitos, más penas y menos garantías. Prácticamente, todas aquellas reformas han pretendido venderle al soberano el trillado populismo e inflacionismo penal, consistente en pretender hacerle creer que los peores males que aquejan a la sociedad boliviana (violencia, inseguridad, corrupción, etc) serían eliminados creando “nuevos” delitos (feminicidio, delitos anticorrupción y otras “novedades”), incrementando desproporcionadamente las penas de los ya existentes y, no podía faltar, disminuyendo y/o vaciando de contenido las garantías, de forma que el Debido Proceso, sea un instituto en extinción, plurinacional.

Fiel a su esencia totalitaria, el régimen proclamó que el estado nunca debiera perder (el bachiller, dixit) aunque en la práctica, significó que el régimen nunca pierda en la “justicia” haga lo que haga, abusos y arbitrariedades incluidas claro esta; lo que degeneró en que el ciudadano quede absolutamente desprotegido frente al desmesurado poder del estado (léase régimen) que teniendo de rehén al sistema de justicia, la prostituyó para atornillarse impúdicamente al poder (TCP), eliminar al adversario partidario sin importar la existencia de materia justiciable (salvando los casos que justifica su juzgamiento, pues no pretendo santificar a nadie), degenerando en la aplicación del Derecho Penal del enemigo ( a cargo de la Fiscalía, Policía y Judicatura). Hoy, son muy pocos los ingenuos que creen que el sistema de justicia protege al ciudadano en todos los casos y sin importar que en la otra orilla esté el poder partidario; con lo que, copiando a Ferrajoli está claro que estamos en plena crisis degenerativa del Derecho Penal: impunidad de los delitos; apogeo de las técnicas punitivas basadas en la arbitrariedad y el abuso; crisis de la función de la prevención de los delitos y tutela de los bienes afectados por ellos: “La violencia de los abusos policiales y punitivos, supera en brutalidad a la violencia de los delitos”. Lo escribe, por supuesto, FERRAJOLI.

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