Registrarse como militante es un derecho constitucional, y el ejercicio de un derecho jamás puede constituir discriminación o exclusiones.
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Sebastián Michel
02/05/2017 - 19:04

PROHIBIDO MILITAR EN PARTIDOS POLÍTICOS

La justicia tiene el deber de cumplir y hacer cumplir la ley, de poner a todos en igualdad de condiciones y finalmente de hacer que la sociedad en armonía pueda garantizar la administración de justicia premiando a los que cumplen la ley y castigando a quienes no lo hacen, con honestidad, rapidez, independencia y finalmente imparcialidad.

La justicia tiene el deber de cumplir y hacer cumplir la ley, de poner a todos en igualdad de condiciones y finalmente de hacer que la sociedad en armonía pueda garantizar la administración de justicia premiando a los que cumplen la ley y castigando a quienes no lo hacen, con honestidad, rapidez, independencia y finalmente imparcialidad.

¿Pero por qué son tan difíciles de entender independencia e imparcialidad? Y ahí necesariamente tenemos que entender -que ambas- son las garantías del juez como de las partes. Es decirle al juez que solo se debe a la ley -y no a quién lo haya nombrado- y a las partes que el juez no tiene preferencia por ninguna de ellas y que todo se fallará según lo establecido en la ley.

¿Y cómo se entiende independencia en el oficialismo y en la oposición? Se entiende como no estar inscrito en ningún partido político. Y eso es un error, no solo por ser atentatorios a los derechos y garantías constitucionales, sino porque dejas fuera a ciudadanos bolivianos que ejercen la política como instrumento de constituir y dirigir los órganos y poderes del estado.

Primero que la libre asociación y la militancia son un derecho que tienen todos los ciudadanos bolivianos. Y el ejercicio de un derecho de ninguna manera debe constituir una traba discriminatoria. Es decir, si una de las partes siente que la militancia de un juez hace que tenga una antipatía contra él, este tendrá herramientas procesales como la excusa, la recusa, la inhibitoria y la declinatoria; para pedir otro juez -como ocurre- si el juez es familiar, compadre acreedor, deudor, socio o tiene cualquier relación que constituya afinidad o antipatía en el proceso.

Segundo, porque ejercer como servidor público siendo militante de un partido político, es un derecho que no se puede castigar negando el derecho a postular o a ser discriminado por esa razón. Es importante entender que la militancia incluso se consolida, cuando un ciudadano firma un libro para que un colectivo pueda acceder a personería jurídica destinada a conformar poderes públicos. Solo eso, la militancia nunca ha garantizado nada y mucho menos un espacio laboral en el estado. Todo lo contrario, se ha convertido en un registro estigmatizador en la sociedad.  

Tercero, que la militancia es un acto similar a la esclavitud. Los líderes registran a estos militantes muchas veces obligados por autoridades públicas como si fueran ganado. Adherirse a un proyecto político o a una gestión de gobierno de cualquier nivel debe ser un acto de conciencia que no debe ser sujeto a registro y esta adherencia debe concluir si se ha dejado de tener una opinión positiva del líder, del programa, o de su aprobación de gestión.

Finalmente, si militar en un partido es malo, lo que hay que eliminar es la militancia registrada; la militancia tendrá que ser un compromiso con uno mismo, no un registro para que no te escapes. Por el contrario, se decimos que registrar es un derecho de los líderes y un derecho de los registrados y que esto es positivo y valorable, entonces de ninguna manera puede ser causal de exclusión para conformar órganos del estado. 

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