Redacción Oxígeno
24/04/2015 - 13:18

Diputados sancionan ley que autoriza recuperación de saldos adeudados a exFonvis

La norma incorpora modificaciones a la Ley 163 que autoriza la recuperación de  los  saldos  adeudados  a  la  Unidad  de  Titulación  del  Fondo Nacional de Vivienda Social (ex FONVIS en liquidación), aprobada el 8 de agosto de 2011.

Foto de archivo

La Paz, 24 de abril (Oxígeno).- La Cámara de Diputados sancionó el jueves el Proyecto de Ley 166 con las modificaciones incorporadas por el Senado, para la recuperación de cartera, titulación a favor de adjudicatarios y ocupantes, conciliaciones financieras, aportes y saneamiento técnico legal de proyectos habitacionales del exFonvis en Liquidación, para su registro en Derechos Reales a nivel nacional.

La norma incorpora modificaciones a la Ley 163 que autoriza la recuperación de  los  saldos  adeudados  a  la  Unidad  de  Titulación  del  Fondo Nacional de Vivienda Social (ex FONVIS en liquidación), aprobada el 8 de agosto de 2011.

Modifica el Artículo 2 de dicha ley, cambiando el plazo para el pago de  los  adeudos  al  exFONVIS  en  liquidación por parte de los adjudicatarios del  mismo que fenecía el  31 de octubre de 2011, fijando un plazo de un año a partir de la promulgación de la nueva Ley.

Asimismo, incorpora en el Artículo 3 un nuevo parágrafo que regula el procedimiento para las conciliaciones técnicas, legales y financieras a cargo de la Unidad Ejecutora de la Titulación con las instituciones financieras  que  intermediaron  en  la  adjudicación de soluciones habitacionales.

Agrega  cuatro  nuevas  disposiciones  finales  que  posibilitan  la coordinación y cooperación interinstitucional entre el exFONVIS e instituciones  vinculadas  a  la  titulación  y  saneamiento  de  las soluciones habitacionales a fin de facilitar los trámites requeridos.

Esta norma incorpora como causal de revocación las adjudicaciones efectuadas por el exFONVIS en los casos en que el adjudicatario hubiere entregado la casa a una tercera persona  (inquilino, anticresista,  cuidador),  además  de  disponer  la  prohibición  de adjudicación a título gratuito de soluciones habitacionales a favor de las juntas de vecinos, OTB y otras organizaciones sociales, con el fin de desnaturalizar el carácter social de las adjudicaciones.

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