Sabemos sumar pero:
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Manuel Morales Olivera
22/06/2016 - 11:13

“Dos más dos es igual a cinco”

Cuando se da un cambio radical de la correlación de las fuerzas sociales, cuando fracciones dominadas pasan a ser dominantes en lo político, los cambios que se dan en la realidad, pasan luego a expresarse como cambios en la normativa, en las leyes y las normas que rigen formalmente las relaciones sociales y las relaciones institucionales.  

Cuando se da un cambio radical de la correlación de las fuerzas sociales, cuando fracciones dominadas pasan a ser dominantes en lo político, los cambios que se dan en la realidad, pasan luego a expresarse como cambios en la normativa, en las leyes y las normas que rigen formalmente las relaciones sociales y las relaciones institucionales.  

Esto pasó en Bolivia aquellos años.  Primero se dio el cambio en la correlación de fuerzas en un largo proceso de acumulación, batalla tras batalla desde el año 2002, en el que las fuerzas entonces políticamente dominadas logran pasar a ser dominantes con la llegada de Evo a la Presidencia el año 2006.  Después, en mayo de ese año, se emite el Decreto de Nacionalización de los hidrocarburos que fue la expresión directa del cambio en esa correlación de fuerzas sociales producido en Bolivia

Este Decreto, fue la primera norma emitida desde el Estado, que expresaba en el sector de hidrocarburos, las nuevas condiciones emergentes de la transformación que había vivido la realidad social y política.

La normativa neoliberal vigente hasta ese momento expresaba una específica correlación de fuerzas en la que las empresas petroleras, como fuerzas activas dentro de la realidad política del país, ocupaban su lugar dominante.

Con excepción de una parte de la normativa del sector, que había sido impuesta por los movimientos sociales en su proceso de acumulación de fuerzas (Artículos específicos en la Ley de Hidrocarburos No. 3058 del año 2005), el resto había sido diseñada como “traje a la medida” de las empresas petroleras, a medida de la fuerza dominante.

Con el Decreto de Nacionalización se impone una ruptura de esa normativa y se cambian las reglas de juego; las nuevas fuerzas que emergen como dominantes en ese período empiezan a escribir sus nuevas reglas, empiezan a rayar la cancha de forma distinta.

Cuando el cambio es radical, suele pasar que los actores sociales toman su tiempo para digerir la nueva realidad; se da un desfase entre lo nuevo que se despliega y la forma en la que algunos actores sociales perciben estos cambios.  Este desfase se presenta porque lo nuevo es visto desde la perspectiva de lo viejo.

En este sentido, después que se emite el Decreto de Nacionalización, una reacción de las empresas petroleras hasta ingenua, pero comprensible, fue asumir que era simplemente un Decreto, pero que en el país existía toda una estructura jurídica que había establecido las reglas del juego neoliberal y que un Decreto no podía echar por la borda su intrincada red de contratos, normas, reglamentos y decretos.

Bajo esta perspectiva de las cosas, los primeros días de las negociaciones, algunas empresas petroleras intentaron explicar sus posiciones argumentando artículos de la Ley de Hidrocarburos vigente y sus reglamentos.  

La primera aclaración necesaria fue que las Leyes, los Decretos y reglamentos eran, en lo fundamental, simple y sencillamente la expresión de la voluntad del dominante, y que en Bolivia se había dado un cambio en la correlación de fuerzas; que esta vez el gobierno no expresaba la voluntad de las clases dominantes, esta vez expresaba el mandato del pueblo soberano.  En tal sentido, en ese momento teníamos la fuerza histórica, social y política suficiente para cambiar las Leyes, los Decretos y los reglamentos, para hacer que se adecúen a las nuevas condiciones.  El equipo negociador boliviano, dejó claramente establecido que “las leyes y los decretos, los hacemos nosotros los bolivianos y los cambiamos también, nosotros los bolivianos”.

En estas circunstancias, de poco o nada podía servir a las empresas esgrimir en su defensa tal o cual Artículo de tal o cual Ley o reglamento.  Cuando alguna empresa intentaba hacerlo, nuestra reacción era pedirle el dato preciso para que “nos encarguemos de derogar ese artículo”.  

Bromas aparte, se les explicaba también a las empresas que el Decreto de Nacionalización abrogaba y derogaba todo Decreto, Reglamento o resolución contraria a sus disposiciones, como se estila; pero que adicionalmente daba al Ministerio de Hidrocarburos plena potestad para definir todos los asuntos necesarios hasta la emisión de nuevos Decretos reglamentarios.  Con lo que toda la muralla jurídica neoliberal creada años atrás caía cual castillo de naipes.

No tardaron mucho las delegaciones en comprender esta parte del asunto, en comprender que el pasado no les servía en absoluto como escudo.  Sin embargo, quedaba otro tema pendiente, las normas a futuro.

Cuando nuestro equipo empezó a poner sobre la mesa las nuevas condiciones, evidentemente  duras y distintas a las anteriores, las empresas empezaron a argumentar que nuestras propuestas no estaban en el marco de “lo comúnmente aceptado”.

Fue en esta etapa que por varios medios intentamos que comprendieran una vez más, que en Bolivia mandábamos los bolivianos y que en tal sentido, podíamos y estábamos en condiciones de establecer las reglas a futuro de acuerdo a nuestro mejor criterio. 

Pongamos un ejemplo.  En el mundo, “lo comúnmente aceptado” es que las empresas petroleras tengan una tasa de ganancia extraordinaria por “el riesgo que corren” en la exploración y búsqueda de reservorios de hidrocarburos.  A nosotros nos tenía sin cuidado que este criterio fuera “lo comúnmente aceptado”.  Para nosotros, ese “riesgo” expresado por cierto en la posibilidad de que “perdieran” cientos de millones de dólares, no era otra cosa que parte del costo; si “perdían” 10 o 100 millones debían ser considerados en sus costos; en realidad no “perdían” 10 o 100 millones, invertían.  Por lo tanto, ese “riesgo” no justificaba en absoluto su pretensión “comúnmente aceptada” de tener tasas extraordinarias de ganancia, implicaba solamente la consideración de costos mayores o menores.

Sin duda, no era ni el momento ni el lugar para debates conceptuales, pero insistimos en que el criterio nuestro sería el que se aplicaría.  Si ellos seguían considerando el “riesgo” para evaluar los resultados y tomar sus decisiones, era un asunto de ellos, porque nuestros análisis y nuestras propuestas se harían sin considerar “su riesgo”, se harían considerando por el contrario, mayores o menores costos.  Se dejó claro que nuestras decisiones se tomarían bajo ese criterio.

Era de esperar que esta diferencia conceptual y otras similares, fueran puestas reiteradamente en la mesa de negociación por parte de las empresas, hasta que para cerrar estos debates tan distraídos como insulsos, resultamos acuñando una frase que en tono de broma dejaba sentada nuestra posición inequívoca: 

 “Si los bolivianos queremos, sacamos un Decreto Supremo en el que se establezca, que en el sector de hidrocarburos en Bolivia, 2 + 2 es igual a 5.  Y ustedes, las empresas, estarían obligadas a calcular de esa manera”.  

Manuel Morales Olivera

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